Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0788/24

Decreto Nº 0788/24

San Andrés de Giles, 30/01/2024

Visto

El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Firma  Neophone Argentina S.R.L: y

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto  el suministro del acceso y uso de internet  correspondiente  la sede de la Dirección de Deportes de la Municipalidad, sita en el Parque Municipal “Fernando C.Lillia”.

                                                           Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar el contrato de locación  , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa Neophone Argentina S.R.L. , para la prestación por parte de ésta  de acceso a internet  a los equipos de informática  de la Dirección Municipal de Deportes ubicada en el Parque Municipal “Fernando C. Lillia”.

 

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

Fuente de Financiamiento          110       Tesoro Municipal

Jurisdicción                              1110100000:     Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                        1110106000:     Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática              62  -     Promoción del Deporte y la  Recreación

Actividad                                   01-      Actividad Deportiva en el ámbito local.

Inciso                                        3-        Servicios no personales

P.Principal                                   1-     Servicios básicos

Partida Parcial                           4-        Teléfonos, Telex y telefax.

ARTICULO 3º: ,Registrar, dar vista al Departamento Contable y a quien más corresponda, publicar y archivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO

 

En la ciudad de San Andrés de Giles, el día 3 del mes de  enero    de 2024 , entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Miguel Angel Gesualdi  (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad y por la  otra la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. representada  en este acto por Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, y Nélida Beatriz Rodriguez , DNI Nº 16.527.406 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Mitre Nº 1223  Piso 4º Departamento 406  de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,   en adelante La Empresa ,  y en forma conjunta llamadas en adelante “Las Partes”  convienen en celebrar el presen­te contrato  quedando sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIME­RA: La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la prestación por parte de la última del acceso a internet a los equipos de PC de la Oficina de Deportes ubicada en el Parque Municipal, dependiente de la  Municipalidad de San Andrés de Giles.

SEGUNDA: ­El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 31   del  mes de  marzo del año 2024  y su vigencia es a partir del día 1º de enero  del mismo año.

TERCERA:  El monto a pagar  por La Municipalidad a La Empresa por la prestación  pactada se fija en la suma de pesos Doce Mil Setecientos ( $12.700) mensuales en concepto de  abono, previa presentación de la factura correspondiente y de la certificación de conformidad que deberá emitir el área respectiva

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de dar por rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo  de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Provincia. de Buenos Aires , y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.--

- - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en San Andrés de Giles, en el lugar y fecha arriba indicados.----------------------------------------------------------------