Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0759/24

Decreto Nº 0759/24

San Andrés de Giles, 26/01/2024

Visto

El contrato de locación  celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la  Firma Neophone Argentina S.R.L: ;y

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto la provisión de  Internet a la Oficina de Expedición e Licencias  de Conducir;

                                                           Que el Sistema Provincial de Licencias de Conducir operaba a través de intranet, en tanto que el Sistema Nacional de Licencias de Conducir, utilizado en la actualidad, lo hace a través de Internet

                                               Que debe tenerse en cuenta asimismo que se encuentra instalado en el lugar el gabinete de evaluación psicofísica para quienes desean obtener su Licencia de Conducir; donde es necesario también contar con el referido sistema;

                                               Que corresponde  dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar  el contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa Neophone Argentina S.R.L. , para la prestación de acceso a  internet a los equipos  de PC instalados en  la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana del Municipio, con destino exclusivo a la utilización del Sistema Nacional de Licencia de Conducir . 

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputados en la siguiente partida presupuestaria:

Fuente de Financiamiento  110         Tesoro Municipal

Jurisdicción           1110100000:       Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:        1110115000    Secretaría  de Gobierno

Categoría Programática          25: Inspección  General

Actividad:                              01: Coordinación y Control de Inspección  General

Inciso                                    3: Servicios No Personales

P. Principal                            1: Servicios Básicos       

Partida Parcial                        4: Teléfonos, Telex y telefax.

ARTICULO 3º:   Registrar , comunicar , poner en  conocimiento del Departamento Contable y archivar. 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO DE LOCACION

                       

En la ciudad de San Andrés de Giles, el día 3 del mes de  enero de 2024 , entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Miguel Angel Gesualdi, (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad y por la  otra , la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. - representada  en este acto por Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, y Nélida Beatriz Rodriguez , DNI Nº 16.527.406 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Mitre Nº 1223  Piso 4º Departamento 406  de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,    en adelante La Empresa , en adelante llamadas en forma Conjunta “Las Partes”  convienen en celebrar el presen­te contrato  quedando   sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

 PRIME­RA:La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la  prestación de acceso a  internet  en dependencias de la Dirección de Inspección General del Municipio, exclusivamente  para abastecer a los equipos de PC destinados a la expedición de Licencias de Conducir  a través del Sistema Nacional de Licencias de Conducir.

SEGUNDA:­ El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 31 del mes de marzo del año 2024, y su vigencia es a partir del día 1º  de enero del mismo año.

TERCERA:  El monto a abonar por esta Municipalidad a la Empresa por la prestación  pactada , se  fija en  la suma de pesos Catorce Mil Ochocientos ($ 14.800)  mensuales , en concepto de abono, previa presentación de la factura correspondiente y de la certificación de conformidad que deberá emitir el área correspondiente.

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de dar por rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.--

- - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman dos ejemplares del mismo tenor, en San Andrés  de Giles, en el lugar y fecha arriba indicados.