Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0725/24

Decreto Nº 0725/24

San Andrés de Giles, 24/01/0023

Visto

El informe presentado por el Sr. ARINA, Gastón, a cargo de la Secretaria Obras y Servicios, mediante el cual pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo, que el agente NUSSBAUM, Jesús Manuel, presenta  ausencias injustificadas a sus tareas habituales, y

Considerando

Que, con fecha 19 de Enero próximo pasado, mediante notificación fehaciente, se intima al Sr. NUSSBAUM, Jesús Manuel a reintegrarse a sus labores el día Lunes 22 del corriente, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de servicio, dándole la posibilidad de justificar de manera suficiente la causa de su inasistencia.

                          Que, habiendo sido debidamente notificado, al día de la fecha  el agente Jesús Manuel, NUSSBAUM no concurrió a su trabajo ni justificó sus inasistencias  quedando  demostrado que el mismo había desoído la indicación recibida, al no registrar su asistencia a desarrollar sus tareas.

                          Que los hechos descriptos demuestran la actitud irresponsable del Sr. NUSSBAUM, quedando acreditado el abandono del cargo que desempeñaba y corresponde en consecuencia adoptar las sanciones que prevé el Convenio Colectivo de Trabajo para el supuesto expresado.

Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A

 

ARTICULO 1ro.: Dejase cesante, a partir del día 23 de Enero de 2024, al agente NUSSBAUM, Jesús Manuel - DNI nro. 35.330.421 - Legajo Nro. 3475, quién revista en: Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo - Subjurisdicción 111010500 Secretaría de Obras y Servicios Públicos – Programa 51: Prestación de Servicios en el ejido urbano – Actividad 01: Mantenimiento y conservación en el ejido urbano - Agrupamiento 6 (Obrero) – Categoría 3 – Clase XIV – Cargo: Obrero de la Planta Permanente de la Municipalidad de San Andrés de Giles, por haberse configurado, por su obrar, el abandono de cargo contemplado en el artículo 107, del Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 2do.: Notifíquese al agente Jesús Manuel, NUSSBAUM, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.