Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0675/24
San Andrés de Giles, 15/01/2024
Visto
La múltiple variedad de prácticas aeróbicas, deportivas y recreativas que se llevan a cabo anualmente en el ámbito de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de San Andrés de Giles; y
Considerando
Que en dicho contexto las actividades enmarcadas en el ámbito de la Dirección mencionada , se ha incrementado notoriamente en los últimos años ya sea por el aumento de realización de eventos y participación en diversos torneos, competencias y similares como así también en virtud de concientización de la población de adquirir hábitos sanos a través de la práctica de actividad física
Que ese aumento de manifestaciones tornan necesaria la coordinación de acciones a efectos de brindar una adecuada materialización de los programas y proyectos y su ejecución como el resto de las actividades contemplados desde la Dirección Municipal de Deportes ,para un mejor aprovechamiento de sus beneficios como así también lograr el uso responsable y ordenado de los distintos espacios destinados a las actividades deportivas .
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo impulsar propuestas que estimulan las prácticas deportivas y recreativas, generando espacios para utilizar el tiempo libre de manera positiva.
Que para el logro de tales objetivos resulta necesario contar con quien ejerza la Coordinación de Políticas Deportivas en el ámbito de esta Municipalidad
Que el agente Municipal Profesor Daniel Osvaldo Morada , cuenta con experiencia e idoneidad en temas inherentes al aspecto Deportivo
Por ello el Intendente Municipal , en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Asignar Funciones de Coordinador de Políticas Deportivas en el ámbito de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de San Andrés de Giles, a partir del 1 de enero de 2024, al Profesor MORADA Daniel Osvaldo , D.N.I. Nº 32.794.621 , Legajo Nº 10.318
ARTICULO 2º: La designación dispuesta en el artículo precedente no altera ni modifica la situación de revista actual del agente.
ARTICULO 3º: Establecer que en mérito a la asignación de funciones prevista en el artículo 1º del presente acto administrativo y dado el carácter de la misma, el Departamento Ejecutivo, podrá revocar dicha asignación, en caso que cuestiones de oportunidad, merito y conveniencia y/o razones de mejor servicio ,así lo requieran.
ARTICULO 4º Registrar , comunicar a las áreas correspondientes, publicar y archivar.