Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0659/24
San Andrés de Giles, 12/01/2024
Visto
La renuncia presentada por la doctora Julieta FAIAD , al cargo de Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de San Andrés de Giles, a partir del 1º de febrero del año en curso, para el que había sido designada oportunamente mediante Decreto Nº 1903, dictado por el Departamento Ejecutivo el día 8 de mayo de 2019 y que desempeña desde esa fecha ; y
Considerando
Que la dimisión le fue aceptada a la funcionaria mediante Decreto Nº 0653/2024
Que a los efectos de favorecer la agilidad y optimización de las actividades , tramitaciones y acciones que se desarrollan en la referida Secretaría, resulta necesario disponer la cobertura de dicha función.
Que el Licenciado en Psicología Juan Manuel Dinardi , de acuerdo a la evaluación realizada, se encuentra en condiciones de desempeñarse como titular de la referida Secretaría
Por ello el Intendente Municipal, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro:Desígnar a partir del día 1º de febrero de 2024 al Licenciado en Psicología Juan Manuel DINARDI (DNI Nº 35.654.727) - Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de San Andrés de Giles, en la Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo - Subjurisdicción 1110106000 – Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social – Actividad 1: Planificación de políticas sociales en beneficio de la comunidad – Agrupamiento 1 (Superior) – Categoría y Cargo: Secretario.
ARTICULO 2do: El funcionario designado gozará de la retribución contemplada para el cargo en el Presupuesto de Gastos vigente, con los adicionales que le han sido asignados y los que les correspondan en virtud de las normas que lo establezcan.
ARTICULO 3º: Establecer que en mérito a la designación dispuesta en el artículo 1º del presente acto administrativo y dado el carácter de la misma, el Departamento Ejecutivo, podrá revocar dicha designación, en caso que cuestiones de oportunidad, merito y conveniencia y/o razones de mejor servicio ,así lo requieran.
ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria: Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo – Subjurisdicción 1110106000 – Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social – Actividad 1: Planificación de políticas sociales en beneficio de la comunidad – Inciso 1: Gastos en Personal – P. Principal 1: Personal Permanente – Partida Parcial 1: Retribuciones del cargo – Partida Subparcial 3: Personal Superior.
ARTICULO 5to: En concordancia con lo dispuesto en el presente acto administrativo, sustituir a partir del 1º de febrero de 2024 el texto del Artículo 6º del Decreto Nº 0654 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 12 de enero de 2024 por el siguiente: Artículo 6º: Asígnese la Responsabilidad del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción y Unidad Ejecutora Secretaría Desarrollo Humano y Acción Social al Secretario de Desarrollo Humano y Acción Social Lic. Juan Manuel DINARDI .Asimismo quién la reemplazare en forma interina, -asumirán tales responsabilidades asignadas para esta Subjurisdicción de acuerdo a la normativa vigente. ----------
ARTICULO 6to: Registrar, comunicar al Departamento Contable, la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, a las áreas que corresponda y archivar