Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0174/24
San Andrés de Giles, 08/01/2024
Visto
La Ordenanza Nro. 2658/23, a través de la cual se aprueba un nuevo detalle de Categorías, módulos y clases para el Ejercicio 2024; y
Considerando
Que existen vacantes en el Escalafón para ser cubiertas por el personal que por su idoneidad y contracción al trabajo, se hacen merecedores de su designación en Planta Permanente y que se encuentran en la actualidad cumpliendo funciones en la Planta Temporaria.
Por ello el Intendente Municipal, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Modificase, con retroactividad al 01 de enero de 2024, la situación de revista del agente VERA QUIROGA, Carolina Elizabeth - DNI: 94.620.240 - Legajo Nro. 3576, que revistaba en Planta Temporaria, pasará a revistar en la Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo - Subjurisdicción 1110107000 – Secretaría de Salud – Programa 70 – Prestación de Servicios en el Hospital Municipal “San Andrés” - Actividad 1 - Servicios de Salud en Hospital Municipal - Agrupamiento 7 (Personal de Servicio) - Categoría 02 - Clase XIV - Cargo Personal de Servicio.
ARTICULO 2do.: Practíquense los ajustes salariales que en virtud a la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, correspondan en este caso.
ARTICULO 3ro:: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria: Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo - Subjurisdicción 1110107000 – Secretaría de Salud – Programa 70 – Prestación de Servicios en el Hospital Municipal “San Andrés” - Actividad 1 Servicios de Salud en Hospital Municipal - Inciso 1 Gastos en Personal - P. Principal 1 Personal Permanente - Partida Parcial 1 Retribuciones del cargo- P. Subparcial 7: Personal de Servicio.
ARTICULO 4to: Comuníquese a quién corresponda, dese al registro de Decretos y archívese.-