Boletines/General San Martín
Decreto Nº 570/18
General San Martín, 24/05/2018
Visto
El Expte. 20756-1-2014. por el cual se tramita el pago de prestaciones de rehabilitación psicofísica del paciente Sosa, Ángel Sebastián, DNI 42.339.857,
Considerando
Que el paciente citado es vecino del Partido de San Martín.
Que su única cobertura social y sanitaria es la dependiente de sector público, lo que se acredita debidamente a fs. 16 del expediente 20756-1-201 4.
Que presenta un cuadro de afectación neurológica postquirúrgica pasible de ser tratada mediante un plan de rehabilitación integral, según indicación médica obrante a fs. 12 y 13 del expediente 20756-I-2014.
Que el sector público municipal no dispone en la actualidad de efector propio especializado en el abordaje, importando ello la imposibilidad de brindar el tratamiento adecuado que el paciente necesita.
Que la Secretaria de Salud solicito apoyo y asistencia económica para la cobertura del tratamiento especializado en efector privado, ante el Ministerio de Salud de la Pcia. de Buenos Aires, lo que obra a fs 124 del expediente 20756-I-2014, sin respuesta positiva hasta la fecha.
Que es menester continuar el tratamiento de rehabilitación en etapa aguda o subaguda a efectos de acceder al más apropiado momento evolutivo de la enfermedad con lo que se pretende mejorar el pronóstico y de modo de no prolongar innecesariamente la internación en hospital general, con elevado riesgo de complicaciones infecciosas de origen institucional.
Que con el fin expuesto y ante la imposibilidad de prestar la debida atención en prestadores del sector publico propios o de otras jurisdicciones y la negativa de hecho en el sector publico provincial. se identificó la institución privada de rehabilitación integral de prestigio, calidad y con valores de mercado razonables y con disponibilidad de cama y de complejidad adecuadas para la atención de la patología del paciente, realizándose la derivación a la Institución Clínica ALCLA, sita en vuelta de Obligado 3165 Capi tal Federa l, datando la derivación en fecha 27 de octubre de 2014.
Que los controles médicos especializados comprueban la real prestación de servicios y la adecuada calidad en la atención brindados al paciente.
Que los informes evolutivos del prestador, obrantes en el Expte. 20756-I-2014 y la fiscalización por especialista en Fisiatría del sistema municipal de salud, prolongan el periodo de internación hasta marzo del corriente año.
Que lo antedicho justifica el pago por prestaciones efectuados a Sosa, Ángel Sebastián por parte de Clínica ALCLA correspondientes al mes de FEBRERO de 2018.
Por todo lo expuesto, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL. en uso de las atribuciones que le son propias.
DECRETA:
Articulo 1°: Convalídese lo actuado por la Secretaría de Salud en lo referente a las gestiones encaradas en relación al abordaje y tratamiento del menor Sosa Ángel Sebastián .
Artículo 2°: Autorizase a la Dirección General de Contaduría, al registro de compromiso y a efectuar los pagos por los gastos incurridos como consecuencia de los hechos descriptos, a favor de la Clínica ALCLA, de acuerdo a la factura Nº 0005 - 00000710 de $ 274933,12 (pesos DOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES CON 12/ 100) cuya documentación respaldatoria obra a fojas 1390 a 1394.
Artículo 3°: La suma mencionada será imputada a la JURISDICCION: 1.1.1.01.05.000 - Secretaría de salud - CATEGORIA PROGRAMATICA: 01.11 "ACTIVIDAD DE GESTION DE SISTEMA" - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 1.1.0 "TESORO MUNICIPAL - OBJETO DEL GASTO: 5.1.4 "AYUDA SOCIAL A PERSONA".
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Hacienda y el Sr. Secretario de Salud.
Artículo 5°: Dese a l Registro y Boletín Municipal. Tome conocimiento de intervención las Secretaria de Economía y Hacienda (Dirección Gral. De Contaduría y Dirección de Presupuesto y Finanzas) y de Salud. Hecho, Archívese.