Boletines/Quilmes
Decreto Nº 106/2024
Quilmes, 22/01/2024
Visto
el Expediente Nº 4091-94-A-2024 iniciado por el Sr. Subsecretario de la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI), con el fin de reglamentar la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, para el caso contemplado en el artículo 138 inc. 5) del Código Tributario vigente para el ejercicio fiscal 2024;
Considerando
Que las y los contribuyentes jubilados y/o pensionados podrán obtener el reconocimiento de la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, cuando "perciban el beneficio de la jubilación y/o pensión como único ingreso, siempre que el importe de la misma no supere el valor que deberá determinar, por vía de reglamentación, el Departamento Ejecutivo. El valor fijado como límite máximo no será de aplicación, cuando el peticionante perciba la jubilación y/o pensión mínima" (cfme. inciso 5) a del artículo 138 del Código Tributario vigente);
Que ello así, corresponde por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, emitir la reglamentación correspondiente a los efectos de efectivizar el reconocimiento de la exención prevista para el citado universo de contribuyentes;
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 138 del Código Tributario para el período 2024; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: FÍJANSE los topes para acceder al reconocimiento de la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, para quienes perciban la jubilación y/o pensión mínima de acuerdo a la siguiente escala:
HABERES PREVISIONALES
-TOPE GLOBAL - |
PORCENTAJE DE EXENCIÓN DE LA TASA POR SERVICIOS URBANOS MUNICIPALES (SUM) y CONTRIBUCIONES ASOCIADAS |
Hasta el equivalente a 1 y 1/2 (uno y medio) haber previsional mínimo Uubilación y/o pensión).- |
100% |
Hasta el equivalente a 1 y 3/4 (uno y tres cuartos) haber |
75% |
previsional mínimo üubilación y/o pensión).- |
|
Hasta el equivalente a 2 (dos) haberes previsionales mínimos üubilación y/o pensión).- |
50% |
Hasta el equivalente 2 y 1/4 (dos y un cuarto) haberes previsionales mínimos üubilación y/o pensión).- |
25% |
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 120 del Código Tributario vigente, aquellos contribuyentes alcanzados en el presente y quienes hayan obtenido o mantenido el reconocimiento de la exención durante el período 2023, detentarán el mismo encuadramiento para los sucesivos períodos fiscales en tanto no se modifiquen las condiciones por las cuales se otorgaron las mismas. A tal fin, deberán comunicar todo cambio de situación a la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI) bajo apercibimiento de dejar sin efecto el reconocimiento de la exención conferida.-
ARTÍCULO 3°: OTÓRGASE a las y los contribuyentes del artículo 1º con exención parcial, la posibilidad de cancelar el monto mensual correspondiente a la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, en hasta seis (6) cuotas mensuales iguales y consecutivas, sin intereses de financiación.-
ARTÍCULO 4°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-
Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Claudio H. Carbone
Secretario Legal y Técnico
Municipalidad de Quilmes
Maria Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 106/2024