Boletines/Daireaux
Decreto Nº 001/2024
Daireaux, 02/01/2024
PRORROGA PRESUPUESTO
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades, su Decreto reglamentario nº 2980 y el Reglamento de Contabilidad.
Considerando
Que a la fecha no se encuentra aprobada la Ordenanza de Presupuesto para el Ejercicio 2024;
Que el artículo 116 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58, y sus actualizaciones establece que en dicha situación regirá el Presupuesto que estuvo vigente el año anterior, con adecuaciones que deberá hacer el departamento ejecutivo;
Que dada la reciente finalización del Ejercicio Presupuestario 2023, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 116 de la mencionada Ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente;
Que teniendo en cuenta tal circunstancia, y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de la Jurisdicciones y Entidades de la Administración Municipal, corresponde prorrogar los recursos, fuentes financieras y créditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 116 de Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, artículo 20 del Decreto Provincial 2.980/00 y artículos 54 y 59 del Reglamento de Contabilidad;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- A partir del 1° de enero de 2024 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 116 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ordenanza N ° 2524/2022 de presupuesto de gastos y cálculo de recursos ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias.-------
ARTÍCULO 2°.- Instruyese al Secretario de Hacienda a adecuar, oportunamente, el presupuesto que se prorroga mediante el artículo 1° del presente decreto con el fin de dar cumplimiento a los artículos 20 de la Ley Provincial 2980/00 y 116 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.-------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-----------------------------