Boletines/Tandil
Decreto Nº 966/2024
Tandil, 27/03/2024
Visto
La solicitud de reubicación de la trabajadora Laura Puglia - Legajo 10.575 en el sector de Esterilización para cubrir la vacante que surge de la jubilación de la trabajadora Nora Papponetti el 08 de octubre del 2023.
Considerando
Que la trabajadora Laura Puglia cuenta con la formación requerida para el cargo.
Que se han expedido al respecto el responsable a cargo del Departamento de Operaciones y Estadísticas, la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reubíquese a la trabajadora Laura Puglia – Legajo 10.575, actualmente designada como Personal Administrativo en la categoría 10 - 48 hs. semanales perteneciente al Personal de Planta Permanente, prestando servicios en el Hospital "Ramón Santamarina", al sector de Esterilización categoría 12 – 48 hs semanales del escalafón Técnicos, a partir del 01 de marzo de 2024 y por el término de tres (3) meses, donde se evaluará su pase definitivo y su cambio de agrupamiento.
Artículo 2°: Dese de baja la bonificación de Admisión y Egresos que percibe la trabajadora a partir del 01 de marzo de 2024.
Artículo 3°: Dese de alta la bonificación de Técnicos y Enfermeros, equivalente al treinta por ciento (30%) del básico de una categoría 12 a partir del 01 de marzo de 2024.
Artículo 4°: Incorpórese al régimen de insalubridad y descuéntese de sus haberes el dieciséis por ciento (16%) a fin de realizar los aportes jubilatorios al I.P.S., a partir del 01 de marzo de 2024.
Artículo 5°: Se deja establecido que la trabajadora Laura Puglia se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos de seis (6) hs o treinta y seis (36) hs semanales en la franja horaria de 06:00 a 24:00 hs con disponibilidad de realizar guardias pasivas de acuerdo al organigrama establecido por la Jefatura de Esterilización, según acta acuerdo.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital Ramón Santamarina, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia