Boletines/Vicente López

Resolución Nº38/24

Resolución Nº 38/24

Vicente López, 18/01/2024

Visto

Los términos de la Ordenanza Impositiva N° 34397, y modificatorias, Art. 74° inc. a) que faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar bonificaciones de carácter general por zonas, categorías y/o por otras características, por vía reglamentaria en la aplicación de todos los tributos, derechos y cánones y contribuciones establecidas en la Ordenanza Fiscal N° 26387 y modificatorias – incluidos aquellos que integran el Régimen Simplificado, hasta el máximo de alícuotas y valores fijos dispuestos en la Ordenanza Impositiva 34.397 y modificatorias” ; y

Considerando

Que por aplicación de la legislación mencionada, se fijaron los anticipos 1 y 2 de 2024, de los Tributos por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Varios y por Contribución a la Protección Ciudadana;

Por ello el SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS en el uso de las facultades otorgadas mediante Decretos 8/16, 870/17;y 3833/23

RESUELVE

Artículo. 1°.- OTORGAR bonificaciones de carácter general en los montos máximos determinados en la Ordenanza Impositiva N°34397 y modificatorias, Art.74 inc. a) para las siguientes categorías y zonas en los anticipos 1 y 2 de 2024, de los Tributos por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Varios y Contribución a la Protección Ciudadana, de forma tal que las mismas no superen los porcentajes promedio que más abajo se detallan,excepto en casos de cambios en la condición y/o situación de los inmuebles y/o cuentas por contribuyente, zona y categoría:

Anticipos 1 y 2
Categoría Promedio
0 27,29%
1 29,11%
2 33,45%
3 29,06%
4 30,03%
5 29,89%
6 29,50%
7 27,30%

Artículo. 2°.- OTORGAR bonificaciones de carácter general en los montos determinados en la Ordenanza Impositiva N° 34397 y modificatorias, Art. 74 inc. d) para las siguientes categorías y zonas en los anticipos 1 y 2 de 2024, respecto de los importes Mínimos a tributar por los Tributos por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Varios y Contribución a la Protección Ciudadana, de forma tal que las mismas no superen los porcentajes promedio que más abajo se detallan, excepto en casos de cambios en la condición y/o situación de los inmuebles y/o cuentas por contribuyente, zona y categoría:

Bonificación
Categoría Promedio
0 24,53%
1 16,98%
2 19,56%
3 24,79%
4 20,63%
5 10,05%
6 10,86%
7 27,30%

Artículo. 3°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Ingresos Públicos (Dirección General de Atención Tributaria) y de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Procesos y Desarrollos Informáticos).

Artículo. 4°.- Dar al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

FDO: ALVAREZ

 

 

NOTA: LA PUBLICACIÓN EFECTUADA EN EL PRESENTE BOLETÍN SE COMPLEMENTA CON LA NORMATIVA PUBLICADA EN LA SECCIÓN LEGISLACIÓN DE LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL MUNICIPIO DE VICENTE LÓPEZ, DE LIBRE ACCESO Y DISPONIBLE EN EL SIGUIENTE LINK:
https://www.vicentelopez.gov.ar/sec_gobierno/legislacion.php