Boletines/Vicente López

Decreto Nº412/24

Decreto Nº 412/24

Vicente López, 15/01/2024

Referencia: EXPTE-EEMVL-5581-2023

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 157 dispuesto por Decreto Nº 6656/23 por la “ADQUISICIÓN DE DROGAS DE FARMACIA CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 409 se han presentado dos oferentes.

Que si bien las dos ofertas fueron válidas, en 38 renglones sólo se registro un único oferente y 9 resultaron desiertos según Informe Técnico y Dictamen de la Comisión Ad Hoc de fs. 453/456.

Que a fs. 445/450 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 453/456 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el Art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a las firmas DROGUERÍA LUMA SA y DOCTUS DIAGNOSTICO SRL por un total de $ 22.727.200,00 y proceder a realizar un segundo llamado por los renglones que resultaron únicos oferentes y desiertos.

Que a fs 458/463 y 468/469 la Dirección General de Contaduría efectuó las Solicitudes de Gastos Nros 0-67 y 0-109 respectivamente.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “ADQUISICIÓN DE DROGAS DE FARMACIA CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 453/456.

DROGUERIA LUMA SA $22,275,570.00
DOCTUS DIAGNOSTICO SRL $451,630.00
TOTAL $22,727,200.00

Artículo 2.- La suma de Pesos veintidós millones setecientos veintisiete mil doscientos ($22.727.200,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 0-67 obrante a fs. 458/463 y Ajuste de Preventiva N° 9-000011 de fs. 467. Artículo 3.- Desestimar los renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 45, 46, 47, 50, 51, 52 y 55 por resultar únicos oferentes y los renglones Nros. 6, 20, 23, 24, 36, 43, 49, 53 y 54 por resultar desiertos.

Artículo 4.- Proceder a efectuar un segundo llamado a Licitación Pública N° 157 de los ítems únicos oferentes y desiertos mencionados en el Art. N° 3 del presente, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y al Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Artículo 5.- Establecer en la suma de Pesos treinta y cinco millones veintisiete mil ochocientos cuarenta y cuatro con cincuenta y dos centavos ($ 35.027.844,52), el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.

Artículo 6.- Publicar por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Diario Sucesos y por un (1) día en el Diario El Cronista Comercial. 

Artículo 7.- Por la Dirección General de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entregas del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos treinta y cinco mil veintiocho ($ 35.028,00). Exceptuar del pago del pliego a los proveedores participantes del primer llamado.

Artículo 8.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 08/02/24 a las 10 hs., en presencia de los interesados que concurran.

Artículo 9.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar la garantía de cumplimiento de contrato por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero por el 90% (noventa por ciento) conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 10.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 11.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete..

Artículo 12.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

FDO: MARTINEZ-ALVAREZ - CARRILLO