Boletines/Vicente López
Decreto Nº 115/24
Vicente López, 08/01/2024
Referencia: EXPTE-EEMVL-5582-2023
Visto
Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 158 dispuesto por Decreto Nº 6654/23 por la “ADQUISICIÓN DE ACCESORIOS PARA EQUIPAMIENTO CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y
Considerando
Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 449 se han presentado dos oferentes.
Que a fs. 453/456 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que si bien las dos ofertas fueron válidas, en 21 renglones sólo se registro un único oferente y 58 resultaron desiertos.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 459/461 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el Art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma SEISEME SA por un total de $ 1.272.750,00 y proceder a realizar un segundo llamado por los renglones que resultaron únicos oferentes y desiertos.
Que a fs 469/470 la Dirección General de Contaduría efectuó la Solicitud de Gastos N° 0-12164 correspondiente a las publicaciones del segundo llamado a Licitación.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1.- ADJUDICAR a la firma SEISEME SA , por un monto total de Pesos un millón doscientos setenta y dos mil setecientos cincuenta ($1.272.750,00), la “ADQUISICIÓN DE ACCESORIOS PARA EQUIPAMIENTO CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 459/461.
Artículo 2.- La suma de Pesos un millón doscientos setenta y dos mil setecientos cincuenta ($1.272.750,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 0-10601 obrante a fs. 28/35.
Artículo 3.- Desestimar los renglones Nros. 3, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 35, 36, 37, 40, 42, 45, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56, 57, 58, 59, 61, 62, 63, 64, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 78, 79, 80, 81 y 82 por ser desiertos y los renglones Nros. 1, 2, 4, 6, 19, 23, 30, 33, 34, 38, 39, 41, 43, 44, 49, 52, 54, 60, 65, 69 y 77 por ser únicos oferentes.
Artículo 4.- Proceder a efectuar un segundo llamado a Licitación Pública N° 158 de los ítems desiertos y únicos oferentes mencionados en el Art. N° 3 del presente, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y al Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Artículo 5.- Establecer en la suma de Pesos veintinueve millones seiscientos noventa y un mil seiscientos cuatro con cincuenta y nueve centavos ($ 29.691.604,59), el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 6.- Publicar por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Diario Sucesos y por un (1) día en el Diario El Cronista Comercial.
Artículo 7.- Por la Dirección General de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entregas del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos veintinueve mil seiscientos noventa y dos ($ 29.692,00). Exceptuar del pago del pliego a los proveedores participantes del primer llamado.
Artículo 8.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 31/01/24 a las 10 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 9.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar la garantía de cumplimiento de contrato por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero por el 90% (noventa por ciento) conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.
Artículo 10.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 11.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.
Artículo 12.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
FDO: MARTINEZ-ALVAREZ-SCARSI-CARRILLO