Boletines/Dolores
Decreto Nº 27/2018
Dolores, 04/01/2018
Visto
VISTO:
El presente expediente Nº 4032-75.343.-
Considerando
Que a fs. 57 la “Asociación Amigos del Arte” solicita un subsidio de $41.800 destinado a cubrir distintos gastos de la entidad tales como: pago de horas de clase especiales durante el mes de diciembre de profesores que se desempeñan en el área de Educación por el Arte en la Secretaría de Cultura Municipal y talleres descentralizados, para continuar ampliando la oferta educativa con extensión a las Salas de Atención Primaria y escuelas primarias del distrito con el Programa “Construir Cantando”, taller en Sevigné entre otros.
Que la Institución, se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público, con el Nº 195.-
Que Contaduría Municipal informa que el gasto debería imputarse en la cuenta de Recursos Afectados: FONDO EDUCATIVO PROVINCIAL-F.F 132-Jurisdicción 1110103000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 5.1.7.0 Transferencia a otras instituciones sociales y culturales sin fines de lucro, sujeto a rendición de cuentas de la correcta inversión de los fondos.-
Que por los motivos expuestos, resulta procedente hacer lugar a lo peticionado, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.-
POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales,
D E C R E T A
ARTICULO PRIMERO: Por Tesorería, con intervención de ----------------------------------- de Contaduría, hágase efectivo a la “Asociación Amigos del Arte”, entidad de Bien público Nº 195, la suma de $41.800 (mes de diciembre) en concepto de subsidio sujeto a rendición de cuentas, cuyo pago deberá verificarse a nombre de su Presidente, Sra. Gutiérrez Gabriela. En un todo de acuerdo a lo fundamentado en el presente exordio-
ARTICULO SEGUNDO: El gasto autorizado en el precedente ------------------------------------ artículo se imputara en la cuenta de Recursos Afectados: FONDO EDUCATIVO PROVINCIAL-F.F 132-Jurisdicción 1110103000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 5.1.7.0 Transferencia a otras instituciones sociales y culturales sin fines de lucro, sujeto a rendición de cuentas de la correcta inversión de los fondos.-
ARTICULO TERCERO: Cúmplase, publíquese, regístrese. Pase a Contaduría --------------------------------- y Tesorería a los efectos correspondientes. Cumplido todo trámite, RESERVESE. –
DECRETO NÚMERO: 27