Boletines/Dolores

Decreto Nº352/2018

Decreto Nº 352/2018

Dolores, 12/03/2018

Visto

VISTO-

El presente expediente Nº 4032-76.543.-

Considerando

 

 

Que a fs. 6 la Asociación “Amigos de la Orquesta Escuela Dolores”  solicita el otorgamiento de un subsidio de $88.000, destinado a cubrir los gastos en concepto de becas de los músicos que conforman la Orquesta de Cámara Municipal, correspondiente al mes de febrero , ya que la entidad no cuenta con medios suficientes para tal fin.-

Que la Institución se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público, con el Nº 186.-

Que la Secretaria de Hacienda considera viable el otorgamiento del subsidio solicitado.-

Que el gasto se imputará en la Cuenta de Recursos Afectados: Fondo educativo Provincial-F.F. 132-Partida 5.1.7.0-Transferencias a otras instituciones sociales y culturales sin fines de lucro, sujeta a rendición de cuentas documentada de la correcta inversión de los fondos.-

Que por los motivos expuestos, resulta procedente hacer lugar a lo peticionado.-

 

 

POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales,-

D E C R E T A

 

ARTICULO PRIMERO: Por Tesorería, con intervención de                                                   ----------------------------------- de Contaduría, hágase efectivo a la "Asociación Amigos Orquesta Escuela Dolores", entidad de Bien público Nº 186, la suma de $88.000, en concepto de Subsidio, destinado al pago de becas de los músicos que conforman la Orquesta de Cámara Municipal, correspondiente al mes de febrero/2018, cuyo pago deberá verificarse a nombre de su Presidente, Sr. Pablo Hugo Rey-DNI 21.595.145, en un todo de acuerdo a lo fundamentado en el precedente exordio.-

ARTICULO SEGUNDO: El gasto autorizado en el precedente                                                                                        ------------------------------------ artículo se imputara en la Cuenta de Recursos Afectados: Fondo educativo Provincial-F.F. 132 -Partida 5.1.7.0-Transferencias a otras instituciones sociales y culturales sin fines de lucro, sujeta a rendición de cuentas documentada de la correcta inversión de los fondos-

ARTICULO TERCERO: Cúmplase, publíquese, regístrese. Pase a                          ----------------------------------- Contaduría y Tesorería a los efectos correspondientes. Cumplido todo trámite, RESERVESE.

 

DECRETO NÚMERO: 352.-