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Decreto Nº119/2018

Decreto Nº 119/2018

Dolores, 25/01/2018

Visto

VISTO:-

Que a fs. 1 del presente expediente N°4032-76.590, el Secretario de Deportes eleva pedido de subsidio del Club Atlético Ever Ready destinado a costear parte de los gastos que demande el pago a árbitros que participaron en la Liga de Voley Nacional Serie A 2 disputada en nuestra ciudad y que fuera oportunamente declarada de Interés Municipal mediante Decreto Nº 45/18.-

Considerando

                                            

DOLORES,  25 de enero de 2018.

 

Que a fs. 1 del presente expediente N°4032-76.590, el Secretario de Deportes eleva pedido de subsidio del Club Atlético Ever Ready destinado a costear parte de los gastos que demande el pago a árbitros que participaron en la Liga de Voley Nacional Serie A 2 disputada en nuestra ciudad y que fuera oportunamente declarada de Interés Municipal mediante Decreto Nº 45/18.-

Que la Secretaría de Hacienda se expide en forma favorable.

Que es voluntad de este D.E otorgar la suma de $40.000 en concepto de subsidio.-

Que Contaduría Municipal informa que puede otorgarse la suma solicitada, sujeta a rendición de cuentas documentada, debiendo imputarse  el gasto en la Jurisdicción 1110101000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 5.1.7.0 Transferencia a otras Instituciones Sociales y Culturales sin fines de lucro, aconsejando se encuadre el mismo en el Art. 186 de la L.O.M.-

 

 

 

 

 

POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales.-

D E C R E T A

 

ARTÍCULO PRIMERO:- Por Tesorería, con intervención de Contaduría, hágase

------------------------------ efectivo al Club Atlético Ever Ready, la suma de $40.000, en concepto de subsidio sujeto a rendición de cuentas, en todo de acuerdo a lo fundamentado en el precedente exordio.-

ARTICULO SEGUNDO:- El  gasto   autorizado   en  el  precedente   exordio  se

-------------------------------- tomará de la Jurisdicción 1110101000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 5.1.7.0 Transferencia a otras Instituciones Sociales y Culturales sin fines de lucro, sujeto a rendición de cuentas y será encuadrado en el Art. 186 de la L.O.M.-

ARTICULO TERCERO:- Cúmplase, publíquese, registres. Pase a Contaduría y

------------------------------- Tesorería a los efectos correspondientes. Cumplido todo trámite, RESÉRVESE.-

 

DECRETO NUMERO: 119.-