Boletines/Magdalena

Decreto Nº1510

Decreto Nº 1510

Magdalena, 17/10/2023

Visto

 Las actuaciones iniciadas mediante Exp. 1200 letra D de 2023  y

Considerando

El Decreto nº 1505/23 fija el inicio de la temporada estival 2023/24 a partir del 1ro de Noviembre de 2023 hasta el 1ro de Abril de 2024 inclusive y que es necesario implementar la cobranza de acuerdo a lo fijado en la Ordenanza Impositiva Vigente, como derecho de Uso de Playas y Riberas,

Que, para materializar dicho cobro es imperioso contar con la tarea extra laboral de empleados municipales a los que se les abonará una remuneración en concepto de tareas extraordinarias cuyo monto será el equivalente al valor de 12 tickets de ingreso al balneario para los días sábados y 13 tickets de ingreso al balneario para los días feriados y domingos para toda la temporada,

Que dichos empleados serán coordinados por el área de Producción,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE por insistencia a partir del 1ro de Noviembre de 2023 y hasta el 1ro de Abril de 2024 inclusive el equipo de cobranza para la Temporada Estival 2022/2023 en el Balneario Municipal de Magdalena y Atalaya a los Agentes Municipales.-

ARTICULO 2º.- Asignase en carácter de TAREA EXTRAORDINARIA el equivalente a 12 TICKETS DE INGRESO A BALNEARIOS para los días sábados y 13 TICKETS DE INGRESO A BALNEARIOS para los días feriados y domingos a los agentes mencionados por jornada efectivamente realizada de acuerdo al siguiente detalle:

LEGAJO

AGENTE

1485

GONZALEZ DELFINA

2476

CASADO ARGUELLO GIORGINA

1327       

MARQUEZ ADRIANA

1419

SANCHO MARIA

1200

CINKIEWICZ MARIA LUCIA

1095

OTAMENDI SILVINA

1159

ABADIN SOLANGE

2530

PAULOS SILVANA

1283

PADILLA MARIA

ARTICULO 3º: Las erogaciones que se determine del Artículo 1º, se tomarán de la Partida Contable 1.3.1.1. Horas Extras - Jurisdicción 8000-01, 7000-24-15, 9000-01 y 5000-01  del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda,  tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda