Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00989/23
Coronel Pringles, 28/06/2023
Visto
el Expediente N° 1.483/23 iniciado por el Sr. Santana Luis; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita la eximición del pago del Impuesto por Patente Automotor del vehículo de su propiedad, Marca Chevrolet – Classic, Dominio LVT661;
Que la solicitante posee Certificado Único de Discapacidad (Ley 22.431), con vencimiento el 22/02/2033;
Que lo peticionado se encuadra en lo normado en la Ley de Discapacidad N° 26.378;
Que a fs. 8 la Asesoría Legal informa que se acredita la incapacidad invocada y que el artículo 243° del Código Fiscal Provincial establece que los vehículos destinados al uso de personas con discapacidad están exentos de impuestos (inciso sustituido por la Ley N° 14.880) mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia (art. 110° del Cód. Fiscal) y por el Art. 11 2º p. Ley 13.010;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Exímase del pago del Impuesto por Patente Automotor del vehículo propiedad de del Sr. SANTANA LUIS CARLOS, D.N.I. 5.481.894, Marca Chevrolet – Classic, Dominio LVT661, a partir del presente ejercicio, atento que posee Certificado Único de Discapacidad (Ley 22.431), en el marco de lo normado en la Ley de Discapacidad N° 26.378 y artículo 243° del Código Fiscal Provincial.
ARTICULO 2º: Dicha eximición será renovable automáticamente en forma anual hasta el vencimiento del Certificado de Discapacidad el 22/02/2033, siempre y cuando no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia, conforme el artículo 110º del Código Fiscal Provincial.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0989/23.