Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00984/23
Coronel Pringles, 28/06/2023
Visto
el Expediente N° 0471/23, iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y
Considerando
Que a fs. 16 solicita la contratación de la profesional Luna Brenda Jaqueline, para integrar el Equipo Técnico del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, autorizado por Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, a partir del 01/06/23 y hasta el 31/08/23, abonándosele la suma mensual de $57.400,00;
Que a fs.20 requiere se autorice una Adenda al Contrato autorizado por Decreto N° 0393/23 para aumentar el valor de la prestación en $ 16.400,00 por el mes de mayo del 2023;
Que el Ministerio provee los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del Programa desarrollado en el Municipio;
Que dicha contratación se basa en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal necesario;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la Profesional LUNA Brenda Jaqueline, DNI 41.568.085, en el marco del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, autorizado por Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, a partir del 01/06/23 y hasta el 31/08/23, abonándoseles una la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($57.400,00).
ARTICULO 3°: Autorícese la Adenda al Contrato existente, autorizado por Decreto N° 0393/23 para aumentar el valor de la prestación en PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS ($16.400,00) por el mes de mayo de 2023.
ARTICULO 4°: El gasto mencionado en el artículo 3° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 24.00.00 “Programa Envión”, Partida 3.4.9.0 “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0984/23.