Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº00956/23

Decreto Nº 00956/23

Coronel Pringles, 23/06/2023

Visto

el Expediente N° 1.877/22, iniciado por el Dr. IPHAIS Silvio, Asesor Legal; y

Considerando

Que a fs. 25 el Secretario de Gobierno y Seguridad, Sr. Sergio Jackson solicita la   Contratación directa de la Empresa INNOVA IT S.A.S, para prestar el Servicio de Mantenimiento y Actualización de enlaces y cámaras del sistema de monitoreo de forma remota, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023;

Que el costo que demanda la misma es de $31.000,00 mensuales;

Que la oficina técnica municipal pertinente declara su incompetencia por no contar con el personal especializado para desarrollar las tareas objeto de la contratación solicitada;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de de Gobierno y Seguridad, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Contrátese a la Empresa INNOVA IT S.A.S, CUIT 30-71591355-7, representada por el Ing. Mario Rubén BENITO, D.N.I. N° 28.722.750 para prestar el servicio de mantenimiento y actualización de enlaces y cámaras del sistema de monitoreo en forma remota, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, por la suma mensual de PESOS TREINTA Y UN MIL ($31.000,00) IVA incluido.

ARTICULO 2°: El monto mencionado en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad”, Categoría Programática 21.00.00 “Fondo Municipal de Seguridad y Otros Ss Asoc”, Partida 3.3.3.0 “Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo”, Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial”, Recurso 17.5.01.30. “Fondo Municipal de Seguridad y Otros Servicios Asociados”.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0956/23.