Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00953/23
Coronel Pringles, 23/06/2023
Visto
el Expediente N° 0875/23, iniciado por el Sr. Ing. Zito Héctor C.; y
Considerando
Que a fs. 1 solicita autorización para realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Provisión de gas natural en calle Afuere (42) vereda impar e/Gral. J Paz (0 Bis) y J. Hernández (0) de esta ciudad, consistente en la excavación de una zanja de 109 metros lineales a 0.80 cm de profundidad, a 1,50 metros separado de la línea municipal, y posterior tapada y compactación de la excavación;
Que la Dirección de Obras e Infraestructura manifiesta que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, encargándose dicha empresa del zanjeo, tapada y pozo de interconexión, así como también de la señalización, de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes adjuntas de fs. 5 a 8 del Expediente N° 0875/23, luciendo el Plano de Referencia;
Que la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, estando la obra a cargo de la firma RED SERV. SRL;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese a la firma RED SERV. SRL a realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra “Provisión de gas natural” en calle Afuere (42) vereda impar e/Gran J. Paz (0 Bis) y J. Hernández (0), de esta ciudad, consistente en la excavación de una zanja de 109 metros lineales a 0.80 cm de profundidad, a 1,50 m separado de la línea municipal, y posterior tapada y compactación de la excavación realizada, encargándose el requirente del zanjeo, tapada y pozo de interconexión así como también de la señalización de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, previo pago de la tasa “Derechos Técnicos” – art. 23°, inc. 5) de la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTICULO 2°: Los montos que surjan de lo dispuesto en el artículo 1° ingresarán a la Cuenta “Derechos de Construcción” del Cálculo de Recursos vigente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0953/23.