Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00910/23
Coronel Pringles, 15/06/2023
Visto
el Expediente N° 0825/23, iniciado por el Administrador del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”; y
Considerando
Que a fs. 1 solicita la contratación del profesional Arq. Halter Fernando Odil, para la realización de tareas de diseño, asesoramiento, acompañamiento e inspección ocular de la obra de gas del Hogar el Remanso y en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, abonándosele la suma máxima de $2.355.656,95;
Que el Ministerio provee los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del Programa desarrollado en el Municipio;
Que dicha contratación se basa en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal necesario;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesional HALTER Fernando Odil, Mat. N°28242, desde el mes de julio y hasta el 31 de diciembre del corriente año, para realizar tareas de diseño, asesoramiento, acompañamiento e inspección ocular en la obra de gas del Hogar el Remanso y del Hospital Municipal, abonándosele la suma máxima de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($2.355.656,95).
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programa 51.00.00 “Obra de Gas”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131- de Origen Municipal. Recurso 12.9.25.00 “Contribución para Infraestructura Hospital y/o Sanitaria”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0910 /23.