Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00903/23
Coronel Pringles, 14/06/2023
Visto
el Expediente N° 1.236/23 iniciado por la Sra. Irma Pereyra, Coordinadora de Tercera Edad y Discapacidad; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se gestione la toma de posesión del inmueble sito en calle San Martín Nº 270 de Coronel Pringles atento que este integraría el acervo hereditario de una sucesión cuya solicitud de herencia vacante fue oportunamente formulada, conforme se desprende del proceso en trámite por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1, en autos “VIEYTES BEATRIZ LEONOR S/ SUCESION VACANTE” Nº de Expediente: E – 114933;
Que dicho inmueble sería de especial utilidad a este Municipio a fin de poder dar solución a diversas situaciones de índole social, principalmente referidas a cuestiones relacionadas con la tercera edad y discapacidad u otros entornos similares donde se requiera el servicio social del Estado;
Que en virtud de la intervención del Fiscal de Estado en relación a los derechos sobre el inmueble de referencia, es necesario gestionar ante dicho funcionario la entrega de la posesión, designación de depositario-administrador, u otra figura apropiada a fin de lograr el objetivos arriba expuestos por este municipio;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Gestiónese ante la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, Departamento de Sucesiones Vacantes, la entrega de la posesión o la designación de depositario-administrador a este Municipio del inmueble sito en calle San Martin Nº 270 de Coronel Pringles, cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. XIII - Secc. D - Manz. 355 - Parc. 2.
ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1º se solicita en razón de que el inmueble allí individualizado integra una sucesión cuya posible resolución sea su declaración como “herencia vacante”, en autos “VIEYTES BEATRIZ LEONOR S/ SUCESION VACANTE”, Nº de Expediente: E – 114933, de trámite por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0903/23.