Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00886/23
Coronel Pringles, 13/06/2023
Visto
el Expediente N° 2.747/20 iniciado por la Directora de Ambiente y Espacio Público, Ing. Ángela Bohn; y
Considerando
Que mediante el mismo a fs. 314 solicita autorización para realizar convenio entre este Municipio de Coronel Pringles y la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos ubicados dentro del ejido urbano de esta ciudad;
Que las obras de infraestructura que implica la creación de espacios de ocio/ esparcimiento y mantenimiento y el buen estado de los mismos están relacionadas implícitamente con la calidad de vida, el medio ambiente, la vida y la supervivencia en la localidad;
Que el área presenta un número de trabajadores que, en condiciones normales, resulta insuficiente para mantener la totalidad de los espacios;
Que el costo de contratación mensual será de $1.595.000,00 para los espacios dentro del ejido urbano, más $290.000,00 por la senda del Pillahuico, en todo concepto, IVA y Seguros incluidos, dando un total mensual en todo concepto de $1.885.000,00, por el término de seis (6) meses corridos a partir del 01/07/2023 al 31/12/2023;
Que se adjunta al Expediente N° 2.747/20 un anexo denominado “Conservación y Mantenimiento de Espacios Públicos”;
Que en función del Artículo 132º - Inciso “C” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, es posible la excepción de la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra” y en el marco de lo dispuesto en el artículo 156°, Inc. 8) de la norma antes mencionada;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Contratación directa de la COOPERATIVA DE TRABAJO “PRINGLES A LA OBRA”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos de esta ciudad, siendo la contratación mensual por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($1.595.000,00) para los espacios dentro del ejido urbano, más PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL ($290.000,00) por la senda del Pillahuico, en todo concepto, IVA y Seguros incluidos, dando un total mensual en todo concepto de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($1.885.000,00), por el término de seis (6) meses corridos a partir del 01/07/2023 al 31/12/2023, renovable de común acuerdo por igual periodo, en función del Artículo 132º - Inciso “c” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, y lo normado en el Artículo 156º, Inciso 8 de la L.O.M.
ARTICULO 2°: El gasto mencionado en el artículo 1° se imputará en Jurisdicción 1110125000 “Secretaría Planeamiento Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 17.01.00 “Ambiente y Espacios Públicos”, Partida 3.3.7.0. “Limpieza, Aseo y Fumigación” Fuente de Financiamiento 110 “Origen Municipal”.
ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0886/23.