Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00873/23
Coronel Pringles, 08/06/2023
Visto
el Expediente N° 1.316/23 iniciado por el Sr. Schneider Aldo Hilario; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le reintegre la suma de $5.835,24 por haber abonado por error la tasa automotor anual y la cuota 01/2023 posteriormente, del dominio IDU195.
Que dichos pagos se ingresaron el día 18/05/2023 y el 29/05/2023 por la oficina de Red Link Pagos, como se demuestra en fs. 3.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;
Que por tal motivo correspondería proceder a reintegrar el monto abonado por error de la patente IUD195 periodo 1/2023 por un total de $5.835,24, lo que así dictaminan la Contaduría Municipal y la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Reintégrese la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($5.835,24) por pago erróneo de la Tasa Automotor correspondiente al Dominio IUD195 Schneider Aldo Hilario DNI 16.873.905, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente, en el marco del Articulo 49 de La Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por medio de una Orden de Devolución de Recursos en 11.4.04.00 “Impuesto Automotor”.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO Nº 0873/23.