Boletines/Moreno
Decreto Nº 0442/24
Moreno, 06/02/2024
Visto y considerando
VISTO el expediente N° 4078-258858-I-2024, iniciado por el Organismo Descentralizado Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (IMDEL); y
CONSIDERANDO que el mismo se origina a partir de la solicitud de la Coordinación General de Programa de Parque los Robles del IMDEL de declarar de Interés Municipal el evento “Temporada de Verano en la Reserva Municipal Parque Los Robles”, el cual se llevará a cabo los días 10, 11, 12 y 13 de febrero del corriente año, dentro de las instalaciones del Parque Los Robles, ubicado en la calle Williams y B. Juárez, La Reja – Moreno.
Que el evento propone una serie de variadas actividades recreativas y culturales, con el objetivo de incentivar a las familias del municipio de Moreno a participar en dichas actividades, fomentando las diversas costumbres, el sentido de pertenencia local y de comunidad.
Que este acontecimiento tiene como objetivo primordial la promoción y difusión del Parque Los Robles como un atractivo destino turístico de proximidad para todos y todas los vecinos/as de Moreno.
Que, a su vez, en este evento se brindarán talleres de índole artístico y cultural, incluyendo espectáculos de canto y baile, y juegos dirigidos al público infantil.
Que es oportuno para fomentar las diversas ofertas y actividades que se realizan en el Parque Los Robles, fomentando así la propuesta turística y productiva que ofrece el Municipio de Moreno.
Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17, del Decreto-Ley N° 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Declárese de Interés Municipal el evento “Temporada de Verano en la Reserva Municipal Parque Los Robles” a realizarse durante los días 10, 11, 12 y 13 de febrero del corriente año, dentro del predio del Parque Los Robles, ubicado en la calle Williams y B. Juárez, La Reja – Moreno,
ARTÍCULO 2°: Autorizase a la Jefatura de Compras del IMDEL, a gestionar las adquisiciones que sean necesarias, para así poder llevar a cabo la realización del evento descripto en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°: Autorizase a la Contaduría del IMDEL a afrontar los gastos que emanen del evento mencionado en el Artículo 1°, cuyos gastos se imputarán al presupuesto de gastos vigente del IMDEL.
ARTÍCULO 4°: Deléguese en el Sr. Administrador General del IMDEL la reprogramación, modificación o prórroga de la fecha o el horario de realización del evento mediante resolución fundada, para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.
ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 6°: Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese al IMDEL. Cumplido, archívese.
SR ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ