Boletines/Las Flores

Decreto Nº240/2024

Decreto Nº 240/2024

Publicado en versión extractada

Las Flores, 08/02/2024

LAS FLORES, BUENOS AIRES Jueves 8 de Febrero de 2024

Número: DECTO-2024-240-E-LASFLORES-INT
Referencia: DECRETO - OPERADORES DE CALLE.-
VISTO:
Los Contratos de Locación de Servicio, celebrados a los 3 días del mes de enero de 2024 entre la
Municipalidad de Las Flores y los Sres. Dardo Damián CALLES y Marcela BISCAY; que dieran origen al Expte.
4063-0243/24;
CONSIDERANDO:
Que los mencionados se desempeñarán como “Operadores Comunitarios con Infancias y
Adolescencias”, brindando sus servicios en la Dirección de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Secretaría de
Desarrollo Humano de acuerdo al Acta de Adhesión suscripta entre la Municipalidad de Las Flores y el Organismo
Provincial de la Niñez y Adolescencia. - Tal actividad se realizará bajo la supervisión de la Municipalidad y
respetando la Jerarquía que determine la estructura orgánica en vigencia.
Que existe disponibilidad financiera para atender la erogación que demande el
cumplimiento del servicio. -
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
DECRETA:
Art. 1º.- Apruébense los Contratos de Locación de Servicios celebrados entre la Municipalidad de Las Flores y los
“Operadores Comunitarios con Infancias y Adolescencias”, durante el período comprendido entre el 1º de enero y el
31 de diciembre de 2024, a favor de los beneficiarios que se detallan a continuación:
BISCAY, Marcela.-
20.827.257 Pasteur 488 $ 150.000.-
CALLES, Dardo Damián.- 27.857.162 Avda. Rivadavia 519 $ 150.000.-
Art. 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se imputará a:
Jurisdicción 1110105000 “Secretaria de Desarrollo Humano” – Programa 26 “Subsecretaría de Protección e
Inclusión”, Actividad 04 “Niñez y Adolescencia”, Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” - Otros,
Fuente de Financiamiento 132 – De origen Provincial, Recurso afectado: 17.5.01.94 “Operadores de Calle -
Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia”, del Presupuesto de Gastos Vigente.-
Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese a los interesados, Secretaría de Desarrollo Humano, Dirección de Niñez y
Adolescencia y dése al R.O de Decretos del M.-

 

FIRMA DIGITAL: Lucas Martín Boggini (Secretario de Relaciones Institucionales y Gobierno) - Ing. Alberto C. Gelené (Intendente Municipal)