Boletines/Las Flores

Decreto Nº303/2024

Decreto Nº 303/2024

Publicado en versión extractada

Las Flores, 20/02/2024

LAS FLORES, BUENOS AIRES  Martes 20 de Febrero de 2024

Número: DECTO-2024-303-E-LASFLORES-INT
Referencia: DESIGNACION DIRECTOR: PEREYRA SEBASTIAN R.
VISTO:
La Ordenanza Nº 3562/2024 sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 12 de Enero de 2024 y
promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 32 (DECTO-2024-32-E-LASFLORES-INT), de
fecha 16 de Enero de 2024, por la cual se fija el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2024;
CONSIDERANDO:
Que se encuentra vacante el cargo de Director de Deporte Social, Promoción y Desarrollo Deportivo de la
Municipalidad de Las Flores, contemplado en la mencionada ordenanza;
Que al fin de no entorpecer el funcionamiento de dicha área, se estima procedente disponer de inmediato la
cobertura de dicho cargo;
Que el Departamento Ejecutivo estima procedente disponer la designación del Sr. SEBASTIAN ROBERTO
PEREYRA, para cubrir el cargo mencionado, debiendo entenderse tal función de carácter político y sin estabilidad
laboral;
Que, al efecto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
DECRETA:
Art. 1º.- Designase en el cargo de Director de Deporte Social, Promoción y Desarrollo Deportivo de la
Municipalidad de Las Flores al Sr. SEBASTIAN ROBERTO PEREYRA (DNI.Nº 27.385.583), a partir del 1º de
Febrero de 2024; debiendo entenderse tal función de carácter político y sin estabilidad.-
Art. 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Art.1º) se imputará a: Jurisdicción
1110113000 “Secretaria de Deportes y Cultura” – Programa 33 “Promoción y Desarrollo Deportivo”, del
Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 3º.- Cúmplase, comuníquese al funcionario designado, a la Dirección de Personal, a Contaduría y dese al
R.O. de Decretos del M.-

 

FIRMA DIGITAL: Fernando Jose Muñiz (Secretario de Deportes y Cultura) - Ing. Alberto C. Gelené (Intendente Municipal)