Boletines/Tandil
Decreto Nº 835/2024
Tandil, 16/03/2024
Visto
La Licitación Privada N° 11-02-24 “Concesión del derecho de organización y explotación de la Feria de Semana Santa 2024 en el predio del Club Hípico, delimitado por las calles Cuba y Darragueira, Villa Aguirre”; y
Considerando
Que mediante DECTO-2024-595-E-MUNITAN-INT se procedió al llamando a la presente Licitación, estableciendo un canon oficial de Pesos treinta millones ($ 30.000.000,00).
Que el día 7 de Marzo de 2024 se llevó a cabo el Acto de Apertura, habiéndose recibido una única oferta, según consta en orden 11.
Que con fecha 11 de Marzo de 2024 se reúne la Comisión de Preadjudicación, la cual se expide en orden 16, sugiriendo adjudicar la presente licitación a favor del Sr. Feliciano Paredes Quispe, DNI 94.143.455, por la suma de Pesos treinta millones ($ 30.000.000,00), por considerar que en lo estructural y funcional la oferta admitida resulta satisfactoria y ajustada a lo requerido, cumplimentando con todos los requisitos formales enunciados en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en orden 21 y 22 se agregan la Ordenanza N° 18356 de fecha 14 de Marzo de 2024, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta presentada, y su respectivo decreto de promulgación DECTO-2024-825-EMUNITAN-INT.
Que, asimismo, la oferta respeta el canon básico y mínimo fijado por el Municipio (art. 7º del Pliego de Bases y Condiciones Generales).
Que resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Adjudícase la Licitación Privada N° 11-02-24 “Concesión del derecho de organización y explotación de la Feria de Semana Santa 2024 en el predio del Club Hípico, delimitado por las calles Cuba y Darragueira, Villa Aguirre” a favor del Sr. Feliciano Paredes Quispe, DNI 94.143.455, fijándose un canon de Pesos treinta millones ($ 30.000.000,00).
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal”. Tomen conocimiento la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General, Dirección General de Inspección y Habilitaciones y oportunamente archívese.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia