Boletines/Tandil
Decreto Nº 824/2024
Tandil, 15/03/2024
Visto
La Ordenanza Nº: 18355, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 14 de marzo de 2024, mediante la cual se fija un nuevo cuadro tarifario, el cual tendrá vigencia a partir del momento en el que se implemente la actualización del Sistema Único de Boleto Electrónico Nacional (SUBE):
Boleto Plano $ 693,29
Boleto Nocturno/Alargue $ 818,01
Boleto Obrero $ 554,63
Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas $ 554,63
Boleto Universitario $ 554,63
Boleto Primario $ 122,71
Boleto Secundario $ 346,65
Boleto Alargue Escolar Granja $ 526,90
Combinado Multilíneas $ 1.039,87
Boleto Suburbano Granja $ 819,12
Combinado Secundaria Escuela Granja $ 894,48
Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 18.352/24 el que quedará redactado a fs.15 de la presente Ordenanza.
Considerando
Las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Ley Orgánica Municipal, por Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el art. 108 inc.2) y concs.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza 18355, sancionada por el Concejo Deliberante de Tandil.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Dirección de Sistema Único de Movilidad Ordenada (SUMO), Contaduría General, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Subsecretaría de Prensa y Comunicaciones y oportunamente archívese.-
Firma Digital: Julio Elichiribehety (Jefe de Gabinete) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Jefatura de Gabinete de Secretarios - Intendencia