Boletines/Tandil
Decreto Nº 822/2024
Tandil, 15/03/2024
Visto
El Decreto 1169/2021.
Considerando
Que a pesar de la culminación de la declaración de emergencia sanitaria en el contexto de la pandemia por Covid19, resulta necesario y conveniente continuar con alternativas de funcionamiento del personal de áreas críticas.
Que la fragmentación horaria en el cumplimiento de la jornada laboral en la guardia de áreas críticas disminuye de forma sostenida y sistemática el error profesional.
Que según resolución 748/2014 del Ministerio de Salud de la Nación establece que en áreas críticas se debe contar con 1 (un) enfermero cada 2 (dos) camas o fracción.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Continúese con el régimen horario y bonificación al personal de enfermería de la Unidad de Cuidados Respiratorios Intensivos desde el 1° de enero de 2024 y mientras dicho Servicio permanezca activo.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, Departamento de Recursos Humanos, Departamento de enfermería, Contaduría, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia