Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3564/23
San Andrés de Giles, 27/12/2023
Visto
Las actuaciones contenidas en el Expediente Municipal Nº 4101-18.770-0-2023 iniciadas con motivo de la realización del XVI Certamen Literario Regional de Cuento y Poesía “Alejandro Vignati” correspondiente al año en curso; y
Considerando
Que el referido certamen consta de dos categorías: Cuento y Poesía.
Que el Jurado designado para evaluar las obras de los participantes resolvió otorgar el máximo reconocimiento en la categoría Poesia Mayores a: Omar Ernesto Argañaraz (DNI Nº 10.111.816 ), domiciliado en la calle 56 Nº 1456- La Plata- Provincia de Buenos Aires y se resolvió otorgar el máximo reconocimiento en la categoría Cuento Mayores a : Facundo Rosendo Lloret ( D.N.I Nº 23.366.416 ), domiciliado en la calle Bernardino Esperanza Nº 862 – Salto- Provincia de Bs. As.
Que, conforme al reglamento de tal evento la persona mencionada ha sido acreedora a la percepción de una beca cultural en dicha categoría por su obra reconocida.
Que para cumplir tal objetivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar a las Áreas Contables del Municipio a cancelar las erogaciones que se generen como consecuencia de abonar en concepto de beca cultural la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) a Omar Ernesto Argañaraz (DNI Nº 10.111.816), domiciliado en la calle 56 Nº 1456- La Plata- Provincia de Buenos Aires ; por haber obtenido el primer premio en la disciplina Poesías Mayores, y abonar en concepto de beca cultural la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) a Facundo Rosendo Lloret ( D.N.I 23.366.416 ), domiciliado en Bernardino Esperanza Nº 862 – Salto- Provincia de Bs. As por haber obtenido el primer premio en la disciplina Cuento Mayores en el XVI Certamen Literario Regional de Cuento y Poesía “Alejandro Vignati” correspondiente año 2023.
Artículo 2°.- En mérito a lo dispuesto en el artículo precedente, autorizar a las áreas administrativas y contables de la Municipalidad a efectuar las tramitaciones y registraciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resultare pertinente para abonar a Omar Ernesto Argañaraz (DNI Nº 10.111.816) la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) por el concepto mencionado . y al sr. Facundo Rosendo Lloret (D.N.I 23.366.416), la suma de Pesos Veinte Mil ( $20.000) por el concepto mencionado.
Artículo 3°.- Las Erogaciones que genere al Municipio el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto, se imputarán a las siguientes partidas del Presupuesto
Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110115000 Secretaría de Gobierno
Categoría Programática 22 Difusión de la Cultura , Turismo y Patrimonio
Actividad 01 Actividades Culturales
Inciso 5 Transferencias
Partida Principal 1: Transferencias al Sector Privado Para Financiar Gastos Corrientes
Partida Parcial 3 :Becas,
Articulo 4º: Registrar, publicar, cumplir y archivar.