Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3522/23

Decreto Nº 3522/23

San Andrés de Giles, 15/12/2023

Visto

Las actuaciones contenidas en el Expediente administrativo Municipal Nº 4101-18442-0-2023; originadas oportunamente en virtud del informe del señor Gerente sucursal San Andrés de Giles, del Banco de la Provincia de Buenos Aires enviado a la Municipalidad  ,  dando cuenta que la entidad bancaria  madre ofrece  a las Municipalidades de la Provincia una tasa de imposiciones  en los depósitos a plazo fijo; y

Considerando

Que propiciar  dicha posibilidad resulta de gran utilidad para la Comuna, al generar importantes ingresos que se reinsertarían para atender las necesidades de la comunidad;

                                                                           Que la Ley Provincial Nº 13.164, en su artículo 2º, establece que “Los Municipios podrán acordar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la realización de operaciones de colocación de dinero a plazo, bajo las condiciones y tasas que fijen de común acuerdo;

                                                                                     Que constituye una decisión de este Departamento Ejecutivo impulsar la colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero de significación;

                                                                         Que mediante Decreto Nº 3103/2023 se impulsó la  colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de los recursos ordinarios por un monto de pesos doscientos  millones ($ 200.000.000).

                                                                             Que se consideró de gran utilidad para la Comuna la utilización de un mecanismo apto para generar importantes recursos con destino a la atención de las necesidades de la comunidad.

                                                                             Que, cumplido tal objeto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo con el objeto de disponer la no renovación de la imposición originalmente dispuesta, según lo mencionado en los párrafos precedentes

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal

D E C R E T A

Artículo 1º: Disponer  la no renovación de la  colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de los recursos ordinarios por un monto de pesos doscientos millones ($ 200.000.000),a plazo fijo por  treinta y ocho días (38) días con vencimiento en el día de la fecha ,  y cuya colocación original fue dispuesta a través del Decreto Nº  3103/23

 

Artículo 2º: Los recursos obtenidos en concepto de intereses ingresarán –según los Clasificadores Presupuestarios por Recursos por Rubro previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- por la Cuenta Jurisdicción 1110100000 – Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110117000 – Secretaría de Economía y Finanzas , Rubro: Tipo 16 – Rentas de la Propiedad, Clase 2 – Intereses por Depósitos, Concepto 01 – Intereses por Depósitos Internos, Subconcepto 01 – Régimen Intereses – Ley 13.164, del Cálculo de Recursos vigente.

 

Artículo 3º: A través del presente acto administrativo, la Contaduría, la Tesorería Municipal, y los funcionarios que –en razón de sus cargos- deban intervenir en dicha operatoria, quedan facultados a realizar las tramitaciones, registraciones y actuaciones que resultaren pertinentes y a suscribir la documentación necesaria para su concreción

 

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a Contaduría y Tesorería y dese a conocimiento de quienes corresponda. Cumplido archívese.