Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3470/23

Decreto Nº 3470/23

San Andrés de Giles, 12/12/2023

Visto

La realización del Cuadragésimo Sexto    Salón Anual de Pintura “Enrique J. De Larrañaga” organizado por la Municipalidad de San Andrés de Giles, desde la Dirección de Cultura, Patrimonio y Turismo; de manera ininterrumpida hace 46 años ;  y

Considerando

Que el Jurado designado para evaluar las obras de los participantes resolvió otorgar el primer premio “Adquisicion” a la Sra. Gualchi Ana Marina con D.N.I: 16.406.129

                                                              Que, por ello – y conforme al reglamento de tal evento cultural – el ganador es acreedor a un premio de Ciento Cincuenta Mil Pesos ($150.000,-) quedando su obra premiada, en propiedad de la Municipalidad; en virtud del carácter de Premio Adquisición.

                                                                Que para cumplir tal objetivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal Interino

DECRETA

Artículo 1°: Abonar a la Sra.  Gualchi Ana Marina (D.N.I: 16.406.129), con domicilio en calle Las Herasc   Nº750- Los Cardenales  la ciudad  Autónoma de Buenos Aires , Provincia de Buenos Aires, la suma de pesos  Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,-) en concepto de Primer Premio Adquisición del XLV  Salón Anual de Pintura “Enrique J. de Larrañaga” por la obra pictórica de su autoría denominada “Amarrado al Recuerdo   ” de acuerdo a la determinación del Jurado interviniente .

Artículo 2°.- Incorporar al patrimonio Municipal  la obra pictórica mencionada en el artículo precedente

 Artículo  3°.-  Autorizar a las áreas administrativas y contables de la Municipalidad a efectuar las tramitaciones y registraciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resultare pertinente para cumplimentar lo dispuesto en el presente Decreto. Asimismo dar vista al señor Director de Cultura, Turismo y Patrimonio y a la Oficina de Patrimonio a   efectos que corresponda.

Artículo 4°.- Las Erogaciones que genere al Municipio el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto, se imputarán  a las siguientes partidas del Presupuesto,  a cuyo efecto las áreas  contables quedan facultad para su registración y pago.

Fuente de Financiamiento  110 De origen municipal

Jurisdicción      1110100000 Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción    1110115000 Secretaría de Gobierno

Categoría Programática                   22 Difusión de la Cultura , Turismo y Patrimonio

Actividad    01    Actividades Culturales

Inciso             4   Bienes de Uso

Partida Principal   6: Obras de Arte

Artículo 5º:   Registrar, comunicar, publicar, proceder de estilo  y archivar