Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3412/23
San Andrés de Giles, 07/12/2023
Visto
Que el día 11 de diciembre del año en curso vence el plazo para abonar en término la sexta cuota de la Tasa por Servicios Urbanos y Servicios Sanitarios correspondiente al calendario impositivo del ejercicio 2023 de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 4040 ,dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 29 de diciembre del año 2022;
Considerando
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente , establece en su parte pertinente que cuando la fecha fijada como vencimiento de plazo para el pago fuera un día inhábil, se considerará prorrogado dicho plazo hasta el día hábil siguiente en el horario establecido para los lugares de pago habilitados al efecto. Se autoriza al Municipio a percibir cualquier tasa dentro de las siguientes 48 horas hábiles a su vencimiento sin interés.
Que de acuerdo a dicha prórroga establecida de oficio, el término para hacer efectivo el pago dentro de los plazos legales, vencerá el día 11 de diciembre del año en curso;
Que este Departamento Ejecutivo, estima conveniente extender los plazos de vencimiento para facilitar a los señores contribuyentes el pago en término y obtener una mejor recaudación.
Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.;Prorrogar hasta el día 26 del mes de diciembre de 2023 , el plazo para hacer efectivo el pago sin intereses ni recargos, de la sexta cuota la Tasa por Servicios Urbanos y Servicios Sanitarios correspondiente al calendario impositivo del ejercicio 2023 de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 4040 /2022 .
ARTICULO 2do: Registrar dar a Publicidad, Comunicar a la Oficina de Recaudación, a la Oficina de Sistemas, a Contaduría y oportunamente archivar.-