Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3405/23

Decreto Nº 3405/23

San Andrés de Giles, 06/12/2023

Visto

El  Contrato de Locación suscripto con la  Operadora Técnica María Florencia Ambrune  ; y

Considerando

Que la referida profesional fue contratada para desarrollar -como integrante del equipo Técnico  Profesional del  Programa Responsabilidad Social Compartida Envión - acciones de acompañamiento, contención y apoyo emocional y asistencia social, a los jóvenes comprendidos en el  referido programa en el marco del convenio celebrado   entre  el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles,

                                               Que el Contrato fue oportunamente convalidado  por Decreto Nº 1749/2023, estableciéndose en el mencionado instrumento contractual los valores  que por las prestaciones brindadas se debe abonar a la nombrada;

                                             Que la Unidad Ejecutora del mencionado Programa “Envión” ha informado   que se han  producido incrementos  en los montos a abonar a los integrantes del equipo técnico aplicables a partir del mes de septiembre inclusive, habiéndose en consecuencia   suscripto entre las partes  , una cláusula  modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original para hacer efectivo del incremento aludido a la contratada    

Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias

                                              

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar  la cláusula modificatoria del  contrato de locación de obra ,   suscripto entre el Sr Intendente Municipal  y la Operadora Técnica María Florencia Ambrune , donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables a partir en el mes de septiembre  del año 2023.

ARTICULO 3º:Los gastos que demande  a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:

Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial

Jurisdicción                                      1110100000Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                              111016000 Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática 63       Promoción, Desarrollo y Asistencia Social

Actividad                                             02     Programa Envión

Inciso                                                      3     Servicios No Personales

Partida Principal                               4     Servicios Técnicos y Profesionales

Partida Parcial                                9             Otros

ARTICULO 4º: Realizar los reajustes necesarios a efectos de cumplimentar lo establecido en la Cláusula que por este acto se convalida.

ARTICULO 5º: Regístrese , comuníquese quién corresponda, publíquese y archívese.-

 

      

 

 

 

Cláusula   Modificatoria de Contrato

 

La presente cláusula modificatoria de contrato de locación de obra se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 06   de  diciembre   del año 2023 entre,  por una parte la Municipalidad de San Andrés  de Giles representada en este acto por el señor Intendente Municipal , el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Ángel Gesualdi, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021  (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad  con domicilio en calle Moreno 338 de la ciudad de San Andrés de Giles, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte y por la otra  la Señorita   María Florencia Ambrune ( DNI Nº 42.344.006) CUIT  Nº 27-42344006-1 fijando  su domicilio en calle Suero Nº455 entre calles 25 de Mayo y Rivadavia Jurisdicción de San Andrés de Giles, en  adelante denominada  “ LA OPERADORA TÉCNICA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" Las Partes convienen sustituir con retroactividad al 1º de noviembre del año 2023 el texto de la cláusula  tercera del contrato celebrado el día 2 de octubre de 2023, convalidado por Decreto Municipal  Nº 1749/2023 por el siguiente “TERCERO: En contraprestación   la Municipalidad  se compromete a abonarle   a la Señorita Ambrune  una adicional de $ 11480 (Pesos once mil cuatrocientos ochenta ) consistente en un incremento retroactivo correspondiente al mes de septiembre del año 2023, en virtud que la Unidad Ejecutora del mencionado Programa “Envión” ha informado   que se han  producido incrementos  en los montos a abonar a los integrantes del equipo técnico aplicables a partir de ese mes de septiembre .---------------------------------

  • - - De conformidad se firman cuatro  ejemplares  de un mismo tenor y a un solo

efecto,  en el lugar y fecha mencionados supra.----------------------------------------------

 

MARIA FLORENCIA AMBRUNE