Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3368/23

Decreto Nº 3368/23

San Andrés de Giles, 05/12/2023

Visto

La reciente renuncia de un profesional del servicio de pediatría, sumado a la licencia psiquiátrica presentada por otros cuatro galenos de la misma especialidad del Hospital Municipal San Andrés.

Considerando

Que dicha circunstancia suscitó una grave situación de crisis sanitaria en el servicio de pediatría en el Nosocomio local.

Que es de público y notorio conocimiento la falta de profesionales médicos de dicha especialidad en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, debido a que -entre otros motivos- la falta de ingreso de residentes en los Hospitales de la provincia y el interés de los médicos jóvenes en otras especialidades, genera una cantidad de postulaciones menor a las vacantes a cubrir.-

Que la falta de profesionales en un área tan sensible como la mencionada, representa un grave riesgo para la salud de niños y adolescentes, perjudicando también de manera directa al servicio de maternidad.

Que los hechos narrados supra, dificultan cubrir la totalidad de las guardias activas e internación pediátrica, resintiendo en forma notoria y grave el normal funcionamiento del establecimiento hospitalario y de los CAPS, debiendo subsanarse en forma urgente, dicha anormalidad.

                                   Que luego de la pandemia, la acumulación de consultas de rutinas se ha visto incrementada en forma notoria, máxime teniendo en cuenta que el Hospital Municipal San Andrés, es el único efector de salud del Partido que cuenta actualmente con guardia e internación pediátrica.  

                                   Que deben dictarse  medidas sanitarias con premura,  en  nuestro Hospital Municipal San Andrés, para no disminuir la excelsa prestación de servicios, que desde sus inicios con enorme sacrificio, y con el objeto de no alterar las prestaciones sanitarias que brinda en tal carácter, se vienen desarrollando.

                                   Que, debe resolverse esta situación de crisis, pues las medidas  que se adopten hoy, asegurarán la continuidad de la prestación de los servicios asistenciales en un futuro mediato, pues se encuentra en grave riesgo la normal atención de salud de nuestra población de niños y adolescentes.                                                             Que, las obligaciones que las normas legales y reglamentarias le establecen a la Administración, exigen anticiparse a los resultados previsibles y adoptar en tiempo oportuno medidas capaces de afrontar la emergencia, a fin de no poner en riesgo aspectos que afectarían gravemente tanto la prestación de servicios esenciales como el cumplimiento de otras obligaciones básicas a cargo del Municipio.

Por ello, en virtud de la situación de emergencia de público y notorio conocimiento y la necesidad de adoptar medidas de naturaleza extraordinaria y carácter transitorio para enfrentar la misma, el Intendente Municipal Interino en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica Municipal

D  E  C  R  E  T  A

 

 

ARTICULO 1ro.: Declarar el estado de emergencia sanitaria en el  servicio de pediatría del Hospital Municipal “San Andrés”, a partir de la fecha y hasta tanto subsistan los hechos que motivaron la sanción del presente acto administrativo .

ARTICULO 2do.: Disponer que mientras se encuentre vigente  esta situación de emergencia sanitaria y a efectos de cubrir eficientemente la prestación del servicio de pediatría, el Hospital Municipal mantendrá un esquema de atención diurna prioritaria para situaciones de urgencia y emergencia, brindado por médicos pediatras y generalistas que prestan servicios tanto en el propio Nosocomio como en los CAPS.

ARTICULO 3ro.:  Instruir a los funcionarios municipales competentes del Área de Salud a arbitrar los medios necesarios para la efectiva aplicación de las medidas precedentes en sus respectivos ámbitos laborales y el correspondiente cumplimiento por parte del personal a su cargo , como asi también  a efectivizar el llamado a concurso mediante convocatoria pública y abierta para la cobertura de la cantidad de profesionales médicos que determine la Secretaria de Salud,  para el servicio de pediatría del Nosocomio local.-

ARTICULO 4to.: Comunicar a la Sra. Secretaria de Salud, al Sr. Director del Hospital Municipal “San Andrés”, Notificar al Colegio de Médicos distrito V, dar amplia difusión al presente. Regístrar y cumplido,  archivar.-