Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 513/2024
Coronel Suárez, 27/02/2024
Visto
la realización de la 9º edición de la “STRUDELFEST”, a llevarse a cabo los días 1, 2 y 3 de marzo del corriente año, en Pueblo Santa María, y -
Considerando
Que dicho evento es organizado en conjunto por las distintas instituciones de la comunidad y cuenta con la colaboración y el auspicio de la Municipalidad de Cnel. Suarez y el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Pcia. de Buenos Aires;
Que la srudelfest es una fiesta popular que revaloriza la identidad local y el trabajo colectivo poniendo en valor uno de sus platos típicos de su gastronomía, el Strudel, con un entorno festivo donde todo el pueblo y las instituciones son parte. Este año se proyecta realizar un Strudel gigante de más de 66 mts. Para la realización del mismo se contará con 70 personas; un espectáculo único para los visitantes; que a su vez tienen la oportunidad, luego de que se hornee, de degustar del mismo. También se elabora un strudel SIN TACC buscando de esta manera, trabajar la accesibilidad.
Que durante los días sábado 2 y domingo 3 pasarán por el escenario espectáculos locales, ritmos de polka y danzas típicas; habrá paseos de artesanos, expositores, patio de comidas, patios cerveceros, entre otros.
Que contara con la presencia y actuación de la banda nacional “La Franela”.
Que estará presente un equipo técnico de la Direccion de Acciones Promocionales de la Provincia, quienes tendrán un stan para promocionar distintas acciones de la Subsecretaria de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.
Que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires confirmó un apoyo económico para distintos gastos que ocasionan la realización de la 9° edición de la Strudel Fest.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Declárese de Interés Municipal la 9º edición de la - - - - “STRUDELFEST”, a llevarse a cabo los días 1, 2 y 3 de marzo del corriente año, en Pueblo Santa María, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Por contaduría se liquidarán los gastos que se conceden por el - - - - artículo anterior, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.2000 “Secretaría de Gobierno” - Categoría Programática: 01.03.00 – Objeto del Gasto: 3.9.9 – Fuente de Financiamiento: 110/132 – Recurso: 17.5.01.39 -
ART. 3º: Cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-
DECRETO Nº 513