Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 450/2024
Coronel Suárez, 20/02/2024
Visto
la necesidad de reconocer las tareas profesionales que realizan los especialistas de alta complejidad que cumplen funciones en los hospitales de la Secretaría de Salud para realizar consultorios externos y el seguimiento de pacientes en tratamiento ambulatorio como así también de los que requieran internación y-
Considerando
Que los especialistas no residen en el Partido de Coronel Suárez y se trasladan exclusivamente para atender la demanda de nuestra población.-
Que es justo reconocer la disponibilidad horaria para atender las interconsultas o complicaciones de los pacientes que surgen en horario extra laboral, de las especialidades de Oncología, Oncohematología y Neurología Infantil.-
Que resulta necesario establecer una bonificación mensual no remunerativa, para cada uno de los profesionales médicos que se detallan en la parte resolutiva del presente,
Que resulta competente al Departamento Ejecutivo, instituir con carácter transitorio otorgar bonificaciones, conforme art. 14 in fine del CCT.
Por ello el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1°: Establecer una bonificación no remunerativa, desde el 1° de febrero al 30 de abril del corriente año, para cada uno de los agentes que se detallan a continuación, según lo expuesto en los considerandos del presente, a saber:
LEGAJO |
AGENTE |
VALOR |
JURISDICCION |
CAT.PROG. |
P.GASTO |
2766 |
GINESTET PAUL |
338512.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1130 |
4269 |
MATARRESE PABLO DANIEL |
101940.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1220 |
4324 |
SALINAS CESAR JESUS |
228900.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1220 |
ART. 2°: Déjase sin efecto el Decreto 253/2024.-
ART.3°: Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese.
DECRETO N° 450