Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 448/2024
Coronel Suárez, 20/02/2024
Visto
el Artículo 28° de la Ordenanza N° 7.439/20, donde se especifican los regímenes de trabajo de la Carrera Profesional Hospitalaria, y –
Considerando
Que el inciso c) refiere a la Extensión extra laboral de las tareas que realizan los profesionales,
Que resulta necesario crear un Módulo Asistencial que agrupe al personal profesional que realiza tareas médicas en SALA de INTERNACIÓN como labor suplementaria,
Que la Dirección del Hospital “Dr. Raúl A. Caccavo” ha establecido la organización de los días, horarios donde se cumplirá la atención de acuerdo a la necesidad del Servicio de Internación,
Que resulta competente el Departamento Ejecutivo, instituir con carácter transitorio otorgar bonificaciones, conforme art. 14 in fine del CCT;
Por ello el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1°: Establecer una bonificación no remunerativa, desde el 1° de - - - - - febrero al 30 de abril del corriente año, para cada uno de los agentes que conforman el MODULO ASISTENCIAL de INTERNACION, según lo expuesto en los considerandos del presente, a saber:
LEGAJO |
AGENTE |
VALOR |
JURISDICCION |
CAT.PROG. |
P.GASTO |
REG.CAT.PR |
REG.JUR. |
R.FF. |
1290 |
FERRARI ADRIANA ELIZABETH |
72000.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1130 |
|||
2776 |
PERALTA DIANA NORA NATALI |
72000.00 |
1110105000 |
53.1.0 |
1130 |
51.1. 0 |
1110105000 |
110 |
3048 |
PARENTI MARIANELA |
277980.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1220 |
|||
3413 |
FIRPO ANGELINA SOLEDAD |
144000.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1130 |
|||
4182 |
LEYENDECKER VANINA DEL VA |
180000.00 |
1110105000 |
51.1.0 |
1130 |
ART. 2°: Si el profesional no cumplimentara con alguno de los módulos fijados, se dará de baja el proporcional y o totalidad de la bonificación según corresponda.
ART. 3°: Déjase sin efecto el Decreto 236/2024.-
ART.4°: Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese.
DECRETO N° 448