Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº314/2024

Decreto Nº 314/2024

Coronel Suárez, 01/02/2024

Visto

la sanción de la Ordenanza nº 7.990/23,    mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el Municipio,  y -

Considerando

Que de conformidad a lo previsto en los art. 6º y 13º de la Ordenanza,  el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;

          Que la Sra. KRIEGER LUCRECIA – DNI 33.995.049, solicita hacer uso del mismo a efectos de afrontar gasto de honorarios diferenciales del anestesista que intervendrá en la cirugía de su hija GAAB JULIETA – DNI 54.283-854;

          Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 12 y 13, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 100.000  (Pesos cien mil) al  requirente;

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

 

ART.1º: Otorgar la suma de $ 100.000 (Pesos cien mil)                                                               - - - - - por  única vez  a la Sra.  KRIEGER LUCRECIA – DNI 33.995.049, a efectos de afrontar costo de honorarios diferenciales del anestesista que intervendrá en la cirugía de su hija GAAB JULIETA – DNI 54.283-854,  de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: Establecer la devolución del beneficio acordado en el artículo                            - - - - - primero en 40 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 2.500,  imputándose a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”,  Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria”  - Objeto del Gasto: 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria”, Fte. Fto. 131 “Origen Municipal”.- Recurso: 12.9.03.00.-

ART.3° A través de Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el                             - - - - beneficiario en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo primero, considerando la capacidad socio-económica del peticionante.

ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la                      - - - - -  pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme las disposiciones vigentes.-

ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-

 

 

DECRETO Nº 314