Boletines/Vicente López
Decreto Nº 2069/18
Vicente López, 23/05/2018
CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-005974/2017
Visto
las ofertas presentadas en el segundo llamado a Licitación Pública N° 5 dispuesto por Decreto N° 1032/18 para la "ADQUISICION DE MATERIAL DE CURACIONES con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los diversos electores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano", y
Considerando
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 2108.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la "ADQUISICION DE MATERIAL DE CURACIONES con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales, a la Nota Aclaratoria y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 2108.
DISTRIBUCION MEDICINAL S.R.L | $ 2.025.808,80 | ||
MEDIBEL S.A | $ 801.425,00 | ||
MEDIGLOVE S.R.L | $ 46.400,00 | ||
$ 2.873.633,80 |
ARTÍCULO 2°: La suma de pesos dos millones ochocientos setenta y tres mil seiscientos treinta y tres con ochenta centavos ($2.873.633,80), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nro. 1-8 y 1-3061 obrantes a fs. 121/31 y a fs. 2037/8 respectivamente.
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarías de Salud y Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Salud y Desarrollo Humano.
ARTÍCULO 6°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Tejo- Alvarez