Boletines/Vicente López

Decreto Nº2068/18

Decreto Nº 2068/18

Vicente López, 23/05/2018

CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-007656/2017

Visto

las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública N° 38 dispuesto por Decreto N° 858/18 para la contratación de la obra "EJECUCION DE RAMPAS EN DIVERSOS SECTORES DE LA LUCILA Y OLIVOS", y

Considerando

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 472.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a la firma CASA MACCHI S.A. por un monto de Pesos dos millones doscientos setenta y dos mil novecientos dieciocho con cuarenta y cinco centavos ($2.272.918,45), la contratación de la obra "EJECUCION DE RAMPAS EN DIVERSOS SECTORES DE LA LUCILA Y OLIVOS", en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 472.
ARTÍCULO 2°: La suma de pesos dos millones doscientos setenta y dos mil novecientos dieciocho con cuarenta y cinco centavos ($2.272.918,45), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-892 y 1-3441 obrantes a fs. 40 y 469 respectivamente.
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero, póliza de caución por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 14.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarías de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Gobierno y Legal y Técnica y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose  posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería), de Gobierno y Asuntos Interjurisdiccionales (Subsecretaria de Participación Ciudadana) y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos (Dirección de Obras Municipales, quien notificará al interesado).
ARTÍCULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Botello- Vittorini- Alvarez