Boletines/Vicente López

Ordenanza Nº35935

Ordenanza Nº 35935

Vicente López, 16/05/2018

Ref. Exptes. N°: 0326/2018 H.C.D.
4119-1739/18 D.E.

VISTO: El anteproyecto de homologación del Convenio Específico suscripto entre la Municipalidad de Vicente López y la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, y;

CONSIDERANDO: Que continuando en el camino que nos hemos fijado para el mejoramiento en la condición de habitabilidad de las viviendas de nuestro municipio dado que uno de los principales problemas es la falta de desagües cloacales, pluviales y la instalación de agua.

Que, si bien nuestro municipio viene realizando este tipo de trabajos con fondos de la comuna, habiendo concretado entre otras, más de 400 conexiones y saneado más de 1 km de pasillos del barrio, en esta etapa, se intervendrá en las viviendas que aún no poseen red cloacal y desagotan los afluentes primarios en un pozo ubicado debajo de la misma, lo que conlleva al peligro inminente de desmoronamiento de los asentamientos precarios.

Que, resulta urgente la concreción de dichas obras a fin de mejorar la calidad de vida de quienes habitan el barrio Las Flores, Florida Oeste, (delimitado entre la Av. De los Constituyentes y calles Melo, Juana Azurduy, Los Pozos, Mariquita Sánchez de Thompson y Santa Rosa) mediante la instalación de una cañería principal con volcamiento de los efluentes hacia la red externa de AySA y de la que saldrán las conexiones a las viviendas segándose todos los pozos negros existentes.

Que, se tenderá una traza paralela de desagüe pluvial para generar de esta manera un mejor y más seguro escurrimiento del agua.

Que, se materializará la instalación de agua con la colocación de cañerías vinculadas a las conexiones solicitadas a AySA, siendo 470 las familias a abastecer con dicho servicio, completando con esta obra la totalidad del saneamiento de las viviendas del barrio.

Que, se realizarán los tendidos de red eléctrica principal para completar la totalidad de la provisión eléctrica domiciliaria en los sectores faltantes.

Que, la intervención también implica la ejecución de las veredas para mejorar las condiciones de accesibilidad de la zona incluyendo cajuelas para todos los árboles existentes, rampas vehiculares ajustadas a las normas vigentes, instalación de cestos para residuos en todas la esquinas, reemplazo de las estructuras semicubiertas precarias existentes por toldos con estructura metálica rígida y la colocación de bancos en las zonas comerciales y/o esparcimiento del barrio.

Que, además se ejecutarán rampas para personas con discapacidad en algunos lugares del barrio donde actualmente existen grandes desniveles a salvar.

Que, este proyecto prevé la construcción de media calzada de hormigón armado en los sectores ubicados sobre las calles Los Pozos y Cochabamba respectivamente, a fin de lograr una mejor incorporación del barrio al trazado urbano y una más rápida y mejor respuesta de los servicios de emergencia.

Que, este convenio cuya homologación se solicita prevé el financiamiento de la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano de la Nación, para llevar adelante la Etapa II de la ejecución de obras enumeradas precedentemente en el Barrio Las Flores.

Que, con fecha 26 de marzo de 2016 el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda y la Provincia de Buenos Aires suscribieron un Convenio Marco de Colaboración con el objeto de dar solución habitacional a sectores vulnerables de la sociedad en los centros con déficit de vivienda, urbanizar barrios con infraestructura básica, regularizarlos dominialmente, y fortalecer así la revalorización del hábitat.

Que, asimismo se suscribió el Convenio Específico con el Municipio de Vicente López para la ejecución de las obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario, en el Barrio Las Flores de Vicente López, en el marco del Programa 37 Acciones de Hábitat Nación.

Que, de acuerdo en lo consignado en el Convenio Específico en su cláusula segunda, la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano de la Nación contribuirá a aportar los fondos a los fines de afrontar los gastos de materiales y mano de obra necesarios para la realización de las obras, según el cronograma de pagos que se detalla en el ANEXO II, que forma parte integrante del presente Convenio Específico.

Que, la Municipalidad se compromete a dar efectivo cumplimiento del reglamento que se consigna en el ANEXO II.

Que, la Municipalidad se compromete a dar efectivo cumplimiento a todo lo normado en el ANEXO III.

Que, la Municipalidad tiene un plazo de 30 días contados desde la recepción del primer desembolso de fondos para iniciar las obras.

Que, los detalles del proyecto de obras a realizar se encuentran consignados en los ANEXOS I, II Y III del presente convenio, formando parte del mismo.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: HOMOLOGASE el Convenio Específico suscripto entre la Municipalidad de Vicente López y la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, con fecha 2 del mes de Marzo de 2018, cuya copia obra a fs. 3 a 11 del expediente número 4119-001739/2018.

ARTICULO 2°: El exordio forma parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Fdo: Sandá- Zito

Nota: Se publica sin Anexo