Boletines/Vicente López

Ordenanza Nº35933

Ordenanza Nº 35933

Vicente López, 16/05/2018

Ref. Exptes. N°: 0332/2018 H.C.D.
4119-1599/2011 D.E.

VISTO: el anteproyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, que solicita la homologación del Convenio Marco de Cooperación entre el Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas "Norberto Quirno" CEMIC y esta Comuna, y;
CONSIDERANDO: que con el objeto de establecer relaciones de colaboración mutua, entre las partes que suscriben el convenio, las mismas se comprometen a planificar, programar y desarrollar conjuntamente actividades de carácter científico, docente y de divulgación de educación para la salud.
Que, a tal efecto acuerdan:

  • Colaborar en la capacitación de profesionales de la salud mediante la rotación de alumnos de grado y posgrado y de profesionales de la salud de ambas partes en los efectores de salud dependientes de la Secretaría de Salud y Desarrollo Humano de la Municipalidad y del CEMIC, y mediante la organización de cursos y jornadas para la capacitación del personal de los equipos de salud.
  • Estimular el desarrollo e intercambio de la investigación científica en sus ámbitos de referencia, compartiendo la información producida en ambas instituciones en el área de las ciencias de salud y desarrollando actividades de investigación conjunta.
  • Llevar adelante cualquier otra actividad de interés mutuo que resulte de interés científico, docente y social.

Que, se establece en este Convenio Marco que ninguna de las partes podrá llevar a realizar las actividades precedentemente mencionadas, en forma independiente, invocando el convenio, sin que fueran autorizadas por ambas partes.
Que, la violación a esta prohibición otorgará derecho a la parte lesionada a iniciar las acciones legales que considere pertinentes.
Que, las actividades fruto de este convenio, deberán ser instrumentadas en acuerdos específicos por escrito, en los que se determinarán los detalles de su ejecución, recursos necesarios y responsabilidades específicas para ambas partes.
Que, las actividades que se realicen en virtud de este convenio serán informadas periódicamente y que los resultados alcanzados serán de propiedad común y en igualdad de derechos para ambas partes.
Que, asimismo las partes y personas que participen de la ejecución de estas actividades, se obligan a la confidencialidad absoluta.
Que, este convenio no importa un compromiso de exclusividad.
Que, el presente convenio tiene una vigencia de 3 años a partir de su suscripción y se renovará automáticamente por períodos iguales.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- HOMOLÓGASE el ACUERDO MARCO COOPERACIÓN celebrado entre el Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas "Norberto Quino" CEMIC y esta Comuna, con fecha 22 de marzo del año 2018.
ARTICULO 2°.- El exordio de la nota de remisión forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°.- Mediante nota de estilo, cursase copia de la presente al Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas "Norberto Quirno" CEMIC.
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Fdo: Sandá- Zito

Nota: Se publica sin Anexo