Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00813/23
Coronel Pringles, 30/05/2023
Visto
el Expediente N° 1.264/23 iniciado por la Directora de Cultura, Sra. Eugenia Cavallaro;
Considerando
Que mediante el mismo solicita se declaren de Interés Municipal las actividades programadas con motivo de la conmemoración del 141° Aniversario del Partido de Coronel Pringles a llevarse a cabo el día 30 de septiembre del corriente;
Que por tal motivo se llevarán a cabo diferentes actividades como: acto protocolar en la explanada central, izamiento y arrió de la bandera con colocación de ofrenda floral en el Busto de Juan Pascual Pringles, homenaje al Vecino Distinguido y la realización del desfile de instituciones y shows musicales a realizarse en el Balneario Municipal:
Que los gastos necesarios a fin de llevar a cabo las actividades mencionadas comprenden: SADAIC, sonido, iluminación, fotografía, filmación, iluminación, pasajes, viáticos, alojamiento, librería, bazar, retacería, carpintería, pinturería, impresiones, ploteos, corrección y edición de libros, investigación histórica, grabaciones en estudio, ferretería, juguetería, papelería, talleres, cachet de artistas, capacitadores u oradores, cáterin y cualquier otro gasto inherente a la actividad:
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la celebración del 141º Aniversario del Partido de Coronel Pringles, conmemorándose el día 30 de septiembre, oportunidad en que se llevará a cabo el acto central en la explanada central, como así también todas las actividades alusivas enunciadas en el exordio del presente.
ARTICULO 2°: Los gastos que surjan en concepto de SADAIC, sonido, iluminación, fotografía, filmación, , pasajes, viáticos, alojamiento, librería, bazar, retacería, mercería, carpintería, pinturería, impresiones, ploteos, corrección y edición de libros, investigación histórica, grabaciones en estudio, ferretería, juguetería, papelería, talleres, cachet de artistas, capacitadores u oradores, cáterin y cualquier otro gasto inherente a la actividad, se imputaran en Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” Categoría Programática 01.00.00 “Dirección de Desarrollo Social” Partida 3.9.1.0 “Servicio de Ceremonial” Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”. Por lo expuesto anteriormente, a fin de año se compensa la partida involucrada.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0813/23.