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Decreto Nº0396

Decreto Nº 0396

Brandsen, 29/02/2024

Visto

VISTO que el día 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer; y

Considerando

Que en el año 1910, en Copenhague, se desarrolló la segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas en el que se proclamó oficialmente al 8 de marzo como el “Día Internacional de la Mujer Trabajadora”.

 

                      Que coincidiendo con el Año Internacional de la Mujer, en 1975, celebró el 08 de marzo por primera vez el Día Internacional de la Mujer.

                      Que como consecuencia de ello, la comunidad internacional considera a esta fecha como emblema de la lucha por los derechos de las mujeres;

                       Que desde entonces, han surgido innumerable cantidad de organizaciones de mujeres y diferentes colectivos, que han sido el pilar para la conquista de derechos, eliminar la discriminación, promover la equidad entre hombres y mujeres, entre otras, así como para la visibilización de la violencia de género.

                       Que dentro de estas organizaciones de mujeres, es imprescindible mencionar y destacar al Colectivo “Ni Una Menos” que promueve la lucha contra el patriarcado y el cese a la vulneración de las mujeres en todas sus formas.

                       Que no obstante lo mencionado, debe considerarse con preocupación el contexto general de nuestro país y de muchas provincias argentinas, donde todo lo vinculado a políticas con perspectiva de género se encuentran en un profundo retroceso.

 

                      Que a los fines de dimensionar esta problemática social debe destacarse que sólo la Provincia de Buenos Aires cuenta con un Ministerio de Mujeres y Diversidades.

 

                      Que en razón de ello y en absoluta concordancia con las políticas estatales adoptadas por el Gobierno de nuestra Provincia, este Municipio considera indispensable adoptar medidas que refuercen las políticas de género y en consecuencia, entiende que corresponde acompañar a las organizaciones de mujeres y diversidades en su incansable lucha.

 

                      Que prueba de ello es el hecho de haber creado recientemente la primera Dirección de Género de la Municipalidad de Brandsen, la cual se encuentra haciendo un enorme trabajo en la implementación de todas las políticas públicas que podamos llevar adelante.

 

                         Que en razón de lo expuesto es voluntad de esta administración contribuir para que el 8 de marzo, las mujeres trabajadoras de esta Comuna puedan movilizarse y expresar su voz en las calles contra la violencia machista y la desigualdad de género, toda vez que constituye una oportunidad para la reflexión social y la participación comunitaria, para  la realización de diversas actividades de concientización bajo el lema “NOS PARAMOS”, expresión unificadora en contra de violencia machista en todos los ámbitos y relaciones de género.

 

                        Que en consonancia con lo referido, este D.E. ha decidido declarar de interés municipal mediante decreto 0396/2024 la convocatoria y participación a la jornada que se llevará a cabo el día viernes 08 de marzo en la Plaza Brandsen, a partir de las 18:00hs en el marco del DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER fomentando de esta forma la participación en actividades que conmemoran este día.

 

                      Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el artículo 108 inciso 3° del Decreto Ley 6769/58.-

 

                    POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1°: Declárese de interés municipal la convocatoria y participación a las actividades a desarrollarse en el marco del DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER del año 2024.

 

ARTÍCULO 2°: Establézcase para todas las trabajadoras públicas de la Municipalidad de Brandsen que adhieran al Paro Nacional de Mujeres, que la ausencia al puesto de trabajo no será registrada como inasistencia y no perjudicará ni verá afectada su situación laboral.

 

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese en el SIBOM y comuníquese; cumplido, archívese.