Boletines/Pilar

Decreto Nº1918/18

Decreto Nº 1918/18

Pilar, 29/05/2018

Corresponde al Expediente N° 3824/2018

PILAR,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-3824-2018, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por la Subsecretaria de Desarrollo Social para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 1000 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calles: Santa Juana de Arco entre San Copello y Congreso, Santa Juana de Arco entre Congreso y Narciso de Laprida, Santa Celia entre San Copello y Congreso, Santa Celia entre Congreso y Narciso de Laprida, Santa Cecilia entre San Copello y Congreso y Santa Cecilia entre Congreso y Narciso de Laprida en el barrio El Faro, en la Localidad de Dei Viso, de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley N° 6769/58).

Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 1320: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por decreto del Departamento Ejecutivo n° 1262 de fecha 13/04/2018 obrante a fs. 72 a 97 deI expediente municipal N° 2648/2018, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs. 33 la Dirección de Economía Social sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Nueva Unión Ltda., con domicilio legal en la calle Las Caléndulas N° 3595 Dpto. 1, Barrio Los Cachorros, Loc. Manuel Alberti, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.

Que ha tomado la Intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que e acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle: Santa Juana de Arco entre San Copello y Congreso, Santa Juana de Arco entre Congreso y Narciso de Laprida, Santa Celia entre San Copello y Congreso, Santa Celia entre Congreso y Narciso de Laprida, Santa Cecilia entre San Copello y Congreso y Santa Cecilia entre Congreso y Narciso de Laprida en el barrio El Faro en la Localidad de Del Viso, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Nueva Unión Limitada, CUIT N° 30-71272000-6, por la suma de Pesos un millón trescientos veinte mil con 00/100 ($ 1.320.000,00).-

Artículo 2: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 del Tesoro Municipal, Categoría Programática 46.75 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Dir. De Economía Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, para la continuidad del trámite, comuníquese y archivese.