Boletines/Pilar
Decreto Nº 1810/18
Pilar, 23/05/2018
Corresponde al Expediente N° 140/2018 — 3511/2016
PILAR,
Visto
El expediente de referencia mediante el cual la Sra. Ana Delia Del Carmen López, DNI: 4.242.999, solicita la verificación de eximición del pago del impuesto municipal por los años 2012, 2013 y 2014, sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la partida 49390, Nomenclatura Catastral Circ. 1, Sec. C, Manz. 100, Parc.13, y
Considerando
Que la misma ha realizado la eximición de dichos impuestos en tiempo y forma, según Ordenanza vigente de esos años.
Que para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente que avala la titularidad o posesión del terreno.
Que la Subsecretaría de Ingresos Municipales ha tomado intervención.
Que la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano adjunta informe pertinente indicando que por ser períodos solicitados se ha presentado la documentación en tiempo y forma sin haberse emitido acto administrativo.
Que debería tratarse como condonación de deuda.
Que ha intervenido el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 152/2018.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 152/2018, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condónese a la Sra. Ana Delia Del Carmen López, DNI: 4.242.999, del pago de la deuda por los períodos 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la Partida N° 49390, correspondiente a la nomenclatura catastral Cir. 1, Secc. C, Código 3, Mz: 100, Parc. 13 y de acuerdo a lo expuesto en los considerando.
ARTICULO 2°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 10 de mayo de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.