Boletines/Pilar

Decreto Nº1793/18

Decreto Nº 1793/18

Pilar, 22/05/2018

Corresponde al Expediente N° 3134/2018

PILAR,

Visto

El expediente N° 4089-3134/2018 relacionado con el Convenio Específico de Cooperación entre la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Municipio de Pilar de la Provincia de Buenos Aires por “Programa Mejora Atención Ciudadana”, y

Considerando

Que del expediente N° 4089-14981/2016 que se agrega sin incorporar al presente, surge que este Municipio suscribió con el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación un convenio de “Programa Mejora Atención Ciudadana”.

Que consta del expediente adjunto que el convenio antes mencionado fue autorizado a la firma por el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza N° 405/16, la que fuera promulgada mediante Decreto N° 56/17, según constancias obrantes.

Que por la cláusula quinta del convenio en cuestión, el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación otorgó en carácter de cumplimiento del mismo la suma de $1.266.166,20.

Que por la cláusula cuarta del convenio de que se trata se estableció un plazo de 6 meses para la ejecución del programa a partir de que se realice la acreditación de los fondos comprometidos en la cuenta bancaria designada.

Que por la cláusula sexta el Municipio se comprometió a efectuar una rendición de cuentas documentada de efectIvamente recibidos.

Que a través de lo actuado en el presente expediente, la Dirección de Contaduría, a través de del dictamen obrante a fs. 15, luego de un examen minucioso llega a la conclusión que este Municipio debe reintegrar la suma de $71.865,41.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Remítase al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($71.865,41) en concepto de reintegro por el “Convenio Mejora Atención Ciudadana” por la parte afectada a la Ex Secretaria de Modernización en razón de la ejecución parcial del mismo, tal como se encuentra documentado en el presente.

ARTICULO 2°: El gasto que demande el reintegro de que se trata será imputado a: Jurisdicción: 1.1.1.01.18.000— Categoría Programática 01.04 — Fuente Financiamiento. 1.3.3 Objeto del Gasto 5.3.1 Transparencia a la Administración Central Nacional”.

ARTICULO 3°: Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.